Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Herrera de Alcántara. (BOP-2023-6599)
BOP-2023-6599 Convocatoria para la provisión de una plaza de Auxiliar Administrativo/a General vacante en la plantilla de personal funcionario.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, en cuyo caso habrán de practicarse de nuevo las pruebas o trámites afectados por
las irregularidades.
A efectos de comunicaciones y demás incidencias, cada convocatoria determinará la sede del
Tribunal.
SEXTA. ACTUACIÓN DE LOS/AS ASPIRANTES.
La actuación de los/as aspirantes en los ejercicios que no pueda realizarse conjuntamente, se
iniciará por orden alfabético de apellidos, de conformidad con el sorteo efectuado previamente.
Los/as aspirantes serán convocados/as para cada ejercicio en llamamiento único, siendo
excluidos/as de la convocatoria quienes no comparezcan, salvo caso de fuerza mayor,
debidamente alegado y justificado con anterioridad a la celebración del ejercicio, y apreciado
libremente por el Tribunal que, en cualquier momento podrá requerir a los/as aspirantes para
que acrediten su personalidad.
Si alguien de los/as aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo
de riesgo o parto debidamente acreditados, su situación quedará condicionada a la finalización
del mismo y a la superación de las fases que hubieran quedado aplazadas, no pudiendo
demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de los/as aspirantes a una
resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el
Tribunal, y en todo caso la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la
lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo.
Adaptaciones de Tiempo y Medios.
Para los/as aspirantes con discapacidad que lo soliciten, previa constancia en la solicitud de su
condición con expresión del grado y tipo de minusvalía, se establecerán las adaptaciones de
tiempo y medios necesarias para la realización de los ejercicios debiendo adjuntar el Dictamen
Técnico Facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de minusvalía
competente, acreditando de forma fehaciente, la/s deficiencia/s permanentes que han dado
origen al grado de minusvalía reconocido.
La adaptación de tiempos y medios no se otorgará de forma automática sino únicamente
cuando la discapacidad guarde relación directa con la prueba a realizar, por lo que
corresponderá al Tribunal Calificador resolver la procedencia y concreción de la adaptación de
tiempos y medios en función de las circunstancias específicas de cada ejercicio, según Orden
PRE/1822/2006, de 9 de junio, o norma que la modifique o sustituya.
CVE:
BOP-2023-6599
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 7 de noviembre de 2023
N.º 0211
Pág. 28371
Públicas, en cuyo caso habrán de practicarse de nuevo las pruebas o trámites afectados por
las irregularidades.
A efectos de comunicaciones y demás incidencias, cada convocatoria determinará la sede del
Tribunal.
SEXTA. ACTUACIÓN DE LOS/AS ASPIRANTES.
La actuación de los/as aspirantes en los ejercicios que no pueda realizarse conjuntamente, se
iniciará por orden alfabético de apellidos, de conformidad con el sorteo efectuado previamente.
Los/as aspirantes serán convocados/as para cada ejercicio en llamamiento único, siendo
excluidos/as de la convocatoria quienes no comparezcan, salvo caso de fuerza mayor,
debidamente alegado y justificado con anterioridad a la celebración del ejercicio, y apreciado
libremente por el Tribunal que, en cualquier momento podrá requerir a los/as aspirantes para
que acrediten su personalidad.
Si alguien de los/as aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo
de riesgo o parto debidamente acreditados, su situación quedará condicionada a la finalización
del mismo y a la superación de las fases que hubieran quedado aplazadas, no pudiendo
demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de los/as aspirantes a una
resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el
Tribunal, y en todo caso la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la
lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo.
Adaptaciones de Tiempo y Medios.
Para los/as aspirantes con discapacidad que lo soliciten, previa constancia en la solicitud de su
condición con expresión del grado y tipo de minusvalía, se establecerán las adaptaciones de
tiempo y medios necesarias para la realización de los ejercicios debiendo adjuntar el Dictamen
Técnico Facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de minusvalía
competente, acreditando de forma fehaciente, la/s deficiencia/s permanentes que han dado
origen al grado de minusvalía reconocido.
La adaptación de tiempos y medios no se otorgará de forma automática sino únicamente
cuando la discapacidad guarde relación directa con la prueba a realizar, por lo que
corresponderá al Tribunal Calificador resolver la procedencia y concreción de la adaptación de
tiempos y medios en función de las circunstancias específicas de cada ejercicio, según Orden
PRE/1822/2006, de 9 de junio, o norma que la modifique o sustituya.
CVE:
BOP-2023-6599
Verificable
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http://bop.dip-caceres.es
Martes, 7 de noviembre de 2023
N.º 0211
Pág. 28371