Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Herrera de Alcántara. (BOP-2023-6599)
BOP-2023-6599 Convocatoria para la provisión de una plaza de Auxiliar Administrativo/a General vacante en la plantilla de personal funcionario.
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de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de HERRERA DE ALCÁNTARA:
https://herreradealcantara.sedelectronica.es/
El proceso selectivo tendrá una duración máxima de doce meses, y el primer ejercicio se
celebrará en un plazo máximo de cuatro meses, contados a partir de la publicación de esta
convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
Una vez comenzados los ejercicios, los sucesivos anuncios de la celebración de los restantes y
las calificaciones obtenidas por los/as aspirantes que hubieran superado los ejercicios ya
realizados, se harán públicos en la Sede Electrónica del Ayuntamiento, con veinticuatro horas
de antelación al menos al comienzo de las mismas, si se trata del mismo ejercicio, o de
cuarenta y ocho horas, si se trata de uno nuevo.
Desde la terminación de un ejercicio o prueba hasta el comienzo del siguiente, deberá
transcurrir un plazo mínimo de setenta y dos horas y un máximo de cuarenta y cinco días.
Finalizado el proceso de selección, el Tribunal elevará al órgano convocante para su
publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres y en la Sede Electrónica la relación
de aprobados/as, por el orden de puntuación alcanzado, con indicación del documento nacional
de identidad, así como la puntuación final alcanzada. Simultáneamente se publicarán en la
Sede Electrónica, la relación del/a aspirante aprobado/a.
El acto que ponga fin al procedimiento selectivo deberá ser motivado. La motivación de los
actos del Tribunal dictados en virtud de discrecionalidad técnica en el desarrollo de su cometido
de valoración, estará referida al cumplimiento de las normas reglamentarias y de las bases de
la convocatoria y podrá ser objeto de la interposición de recurso de alzada ante el órgano que
nombró al Tribunal.
El Tribunal no podrá declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de
aspirantes al de plazas convocadas. No obstante lo anterior, siempre que el Tribunal haya
propuesto el nombramiento de igual número de aspirantes que el de plazas convocadas, y con
el fin de asegurar la cobertura de las mismas, cuando se produzcan renuncias de los/as
aspirantes seleccionados/as o cuando de la documentación aportada por los/as aspirantes se
deduzca que no cumplen los requisitos exigidos o por circunstancias sobrevenidas se deduzca
la imposibilidad de incorporación de alguno/a de los/as aspirantes, antes de su nombramiento o
toma de posesión, el órgano competente podrá requerir del Tribunal relación complementaria
de los/as aspirantes que sigan a los/as propuestos/as para su posible nombramiento como
funcionarios/as de carrera.
Concluido el proceso selectivo, los/as aspirantes propuestos/as que hubieran superado el
CVE:
BOP-2023-6599
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 7 de noviembre de 2023
N.º 0211
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