Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Castañar de Ibor. (BOP-2023-6595)
BOP-2023-6595 Aprobación Ordenanza Escuela Infantil.
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desde el ámbito de los/as profesionales de la educación, desde las universidades y desde las
organizaciones de la sociedad civil en defensa de los derechos infantiles.
La Convención de los Derechos del/a Niño/a nos remite a la idea de consideración, respeto y
estima, que implica la superación de una concepción de la infancia centrada en qué
necesidades satisfacer, por otra que prioriza qué derechos ejercer. Se hace por tanto necesario
reivindicar un modelo teórico de buenas prácticas educativas que impliquen calidad y calidez
de vida y que coloque en el centro la atención a la diversidad desde una perspectiva inclusiva.
La Escuela Infantil supone el primer contexto escolar con el que las familias y los/as niños/as
se encuentran. Las relaciones que en ellas se establecen comportan un carácter singular,
convirtiéndola en un espacio privilegiado de socialización y ejercicio de la ciudadanía.
Una de sus funciones centrales es ofrecer a los niños y niñas el acompañamiento necesario en
su recorrido y realización como ciudadanos/as plenos, críticos, participativos y responsables,
capaces de asumir sus propios retos.
Esta concepción de la educación infantil se basa en ciertos pilares fundamentales, que deben
constituir el marco común de referencia de las Escuelas Infantiles Municipales y que se
concretan en los tres ejes siguientes:
- El/a niño/a como ser capaz y competente, sujeto de derechos y potencialidades. Único
en sus características físicas, cognitivas, afectivas y sociales, con un estilo y ritmo
propios y con una cultura e historia familiar que se incluyen en la comunidad global
otorgándoles un valor enriquecedor.
- Una idea de profesional con alta cualificación que reconoce, sabe observar y
acompañar activamente el aprendizaje infantil en su acción libre y autónoma sin
anticipar ni condicionar, que posibilita el surgimiento y desarrollo de sus potencialidades,
que conoce y facilita la realización de sus derechos.
- Una concepción de la escuela como espacio participativo, transparente y democrático.
Un espacio educativo que ofrece propuestas integrales, significativas y globalizadoras
en respuesta al modo de crecer y aprender de cada niño y niña, que no jerarquiza el
valor de las distintas actividades y tiempo y que, desde una perspectiva emancipadora,
incluye el conjunto de diversidades como un valor esencial de la misma.
Esta Corporación pone en marcha dicha apuesta regulando la prestación del servicio de
Escuelas Infantiles Municipales (primer ciclo) basándose en la competencia que le otorga el
artículo 25.2 n) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
CVE:
BOP-2023-6595
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 7 de noviembre de 2023
N.º 0211
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