Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Montehermoso. (BOP-2023-6578)
BOP-2023-6578 Plan estratégico de subvenciones.
22 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES
En el supuesto de que concluido el período señalado, no se hubiese aprobado
aún un nuevo Plan Estratégico de Subvenciones, el presente se entenderá prorrogado en
aquellas líneas de actuación que se vayan a seguir realizando, siempre que para ello, se
cuente con consignación presupuestaria adecuada y suficiente.
ARTÍCULO 2.
Son objetivos generales del presente Plan Estratégico los siguientes:
1.- Dar cumplimiento al mandato legal recogido en el artículo 8.1 de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, que obliga a las Administraciones públicas que
propongan el establecimiento de subvenciones, a que, con carácter previo, elaboren un
Plan Estratégico de Subvenciones.
2.- Establecer y normalizar, para el conjunto de los diferentes programas de
ayuda y subvenciones del Ayuntamiento de Montehermoso, un conjunto de principios y
bases de ejecución comunes a los mismos.
3.- Mejorar y racionalizar la gestión municipal de las subvenciones.
4.- Regular, con carácter general, del régimen a que ha de ajustarse la concesión
y justificación de las subvenciones a tramitar por el Ayuntamiento de Montehermoso.
El establecimiento efectivo de las subvenciones previstas en este Plan requerirá
la inclusión de las consignaciones correspondientes en los Presupuestos municipales de
cada año y la aprobación de las Ordenanzas que contengan las bases reguladoras de su
concesión.
El Plan Estratégico de Subvenciones es un instrumento en el que confluyen:
1) La materialización de los principios que regulan la concesión de las
subvenciones y su justificación.
2) La planificación de la política en la materia de fomento de actividades de
utilidad pública o interés social o de promoción de una finalidad pública de un
determinado departamento.
3) Y las medidas de control de las subvenciones, que permitan con su evaluación
una mejora de las futuras subvenciones mediante las correcciones oportunas que se
consideren, por cuanto todo plan debe recoger el seguimiento y control de la actividad
subvencional.
La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece en su
artículo 8.1 que: «Los órganos de las administraciones públicas o cualesquiera entes que
propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar
en un Plan Estratégico de Subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su
aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes
de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de
estabilidad presupuestaria».
El Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, ordena en su
título preliminar, capítulo III, sección primera, artículos 10 a 15, ambos inclusive, los
Página 4 de 21
Cód.
Validación:
99QR42WQKSF3GH6WTTAXF966J
Verificación:
https://ayuntamientodemontehermoso.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
4
de
21
CVE:
BOP-2023-6578
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 6 de noviembre de 2023
N.º 0210
Pág. 28299