Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cuacos de Yuste. (BOP-2023-6572)
BOP-2023-6572 Ordenanza Municipal reguladora de la Concesión de Subvenciones.
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motivo de la concesión de las subvenciones. Estos criterios resultarán de aplicación para
determinar la cantidad que finalmente haya de percibir el/a beneficiario/a o, en su caso, el
importe a reintegrar, y deberán responder al principio de proporcionalidad.
- Determinación, en su caso, de los libros y registros contables específicos para garantizar la
adecuada justificación de la subvención.
ARTÍCULO 7. Concesión en Régimen de Concurrencia Competitiva.
A) Iniciación de oficio:
El procedimiento se iniciará de oficio, mediante convocatoria que, tendrá como mínimo, el
contenido siguiente:
- La referencia a la publicación de la Ordenanza específica de la misma.
- Créditos presupuestarios a los que se imputa la subvención y cuantía total máxima de las
subvenciones convocadas dentro de los créditos disponibles o, en su defecto, cuantía
estimada de las subvenciones.
- Objeto, condiciones y finalidad de la concesión de la subvención.
- Expresión de que la concesión se efectúa mediante un régimen de concurrencia
competitiva.
- Para solicitar la subvención será necesario que la entidad esté domiciliada en la localidad,
además de que lleve a cabo actividades para fomentar el desarrollo de la misma
acreditándolo fehacientemente.
- Indicación de los órganos competentes para la instrucción y resolución del
procedimiento: los órganos competentes para la instrucción y resolución del
procedimiento serán los siguientes:
1. La instrucción del procedimiento la llevará a cabo el/a Concejal/a Delegado/a
del Área correspondiente o la Alcaldía.
2. La resolución de la misma será de Alcaldía.
- Plazo de presentación de solicitudes, a las que serán de aplicación las previsiones del
artículo 23.3 de la Ley General de Subvenciones.
- Plazo de resolución y notificación.
- Documentos e informaciones que deben acompañar a la petición.
- Posibilidad de reformulación de solicitudes de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 27 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Indicación de
Cód.
Validación:
9M4XKTS3QMMQY76SLYRSCS3DZ
Verificación:
https://cuacosdeyuste.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
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8
de
21
CVE:
BOP-2023-6572
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 6 de noviembre de 2023
N.º 0210
Pág. 28269
determinar la cantidad que finalmente haya de percibir el/a beneficiario/a o, en su caso, el
importe a reintegrar, y deberán responder al principio de proporcionalidad.
- Determinación, en su caso, de los libros y registros contables específicos para garantizar la
adecuada justificación de la subvención.
ARTÍCULO 7. Concesión en Régimen de Concurrencia Competitiva.
A) Iniciación de oficio:
El procedimiento se iniciará de oficio, mediante convocatoria que, tendrá como mínimo, el
contenido siguiente:
- La referencia a la publicación de la Ordenanza específica de la misma.
- Créditos presupuestarios a los que se imputa la subvención y cuantía total máxima de las
subvenciones convocadas dentro de los créditos disponibles o, en su defecto, cuantía
estimada de las subvenciones.
- Objeto, condiciones y finalidad de la concesión de la subvención.
- Expresión de que la concesión se efectúa mediante un régimen de concurrencia
competitiva.
- Para solicitar la subvención será necesario que la entidad esté domiciliada en la localidad,
además de que lleve a cabo actividades para fomentar el desarrollo de la misma
acreditándolo fehacientemente.
- Indicación de los órganos competentes para la instrucción y resolución del
procedimiento: los órganos competentes para la instrucción y resolución del
procedimiento serán los siguientes:
1. La instrucción del procedimiento la llevará a cabo el/a Concejal/a Delegado/a
del Área correspondiente o la Alcaldía.
2. La resolución de la misma será de Alcaldía.
- Plazo de presentación de solicitudes, a las que serán de aplicación las previsiones del
artículo 23.3 de la Ley General de Subvenciones.
- Plazo de resolución y notificación.
- Documentos e informaciones que deben acompañar a la petición.
- Posibilidad de reformulación de solicitudes de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 27 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Indicación de
Cód.
Validación:
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