Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Integral Sierra de Montánchez. (BOP-2023-6556)
BOP-2023-6556 Bases para la provisión de una plaza de Asesor/a Jurídico/a.
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que contenga datos personales se publicará de la forma que determina la disposición adicional
séptima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de datos personales y
garantía de los derechos digitales. La Mancomunidad será la responsable del tratamiento de
estos datos.
La cumplimentación incorrecta o incompleta de la solicitud será motivo de exclusión en las
listas provisionales de personas admitidas y excluidas, abriéndose el plazo de subsanación
establecido en la base quinta. Las personas aspirantes quedarán vinculadas a los datos que
hayan hecho constar en su solicitud.
La documentación a cumplimentar y presentar para la admisión en el proceso selectivo
correspondiente es la siguiente:
1. La solicitud en el modelo del anexo I, requiriendo tomar parte en las correspondientes
pruebas de acceso. Se hará constar que se reúnen las condiciones exigidas en las presentes
bases generales para la plaza que se opta, se dirigirán al Sr. Presidente de la Mancomunidad,
y se presentarán en el Registro Electrónico General de esta Mancomunidad o en alguno de los
lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o por vía telemática.
Justificante emitido por la entidad bancaria del pago de la tasa o acreditación -en su
caso-, de la documentación que justifique estar incurso en motivos de
exención/bonificación.
Titulación académica.
Todos los documentos que acrediten los méritos correspondientes a servicios
prestados en una Administración Pública distinta de la Mancomunidad Integral Sierra
de Montánchez y el resto de méritos alegados de conformidad con la base séptima.
Pago de tasas. Las personas aspirantes deberán abonar, en concepto de derechos de
examen para la participación en la convocatoria, la cuantía de 50 € por Precio Público.
Se procederá al pago mediante transferencia bancaria al siguiente número de cuenta
de ES62 2103 7312 9100 3000 3020.
La falta de abono en concepto de participación en las convocatorias de selección de personal,
determinará la exclusión de la persona solicitante en las listas provisionales, pudiendo
subsanar en el plazo establecido en la base quinta. En ningún caso, la mera presentación de la
acreditación del pago de la tasa en concepto de participación en las convocatorias de selección
de personal, supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la
solicitud de participación.
CVE:
BOP-2023-6556
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 3 de noviembre de 2023
N.º 0209
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