Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cilleros. (BOP-2023-6529)
BOP-2023-6529 Implantación y reconocimiento de la Carrera Profesional Horizontal.
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ANEXO III
Proceso de Valoración de Méritos
VALORACIÓN.
La puntuación mínima requerida para superar el proceso de valoración para acceder al
siguiente nivel de carrera profesional horizontal es la siguiente:
Para el reconocimiento de los niveles de carrera profesional horizontal, solamente se podrán
alegar y valorar los méritos generados durante el tiempo de permanencia en el nivel que se
encuentre en el momento de la solicitud de acceso al nivel que se pretenda acceder. No
obstante, en el momento de la solicitud de acceso al nivel 2, se podrán alegar y valorar todos
los méritos generados por el solicitante hasta la fecha de esa solicitud. Del mismo modo, para
el acceso a los niveles 3 y 4, durante el régimen transitorio inicial, se podrán alegar y valorar
todos los méritos generados por el solicitante desde el momento inicial y hasta la fecha de esa
solicitud.
FORMACIÓN.
Se entenderá por formación recibida el conjunto de actividades que, a través del aprendizaje
planificado, tienen por objetivo el mantenimiento y la mejora de la competencia profesional con
el fin de contribuir a mejorar la calidad de los servicios, la consecución de los objetivos
estratégicos de la organización y el desarrollo profesional de los empleados públicos.
Formación continua.
Las actividades formativas susceptibles de valoración serán: Asistencia a los cursos de
formación, seminarios o jornadas organizados, impartidos u homologados por el Ayuntamiento
de Cilleros o por cualquier Organismo público dependiente de la Junta de Extremadura.
NIVEL 2 NIVEL 3 NIVEL 4
Subgrupo A1, A2, C1 y
C2
125 puntos 150 puntos 175 puntos
Agrupaciones
profesionales
100 puntos 100 puntos 100 puntos
CVE:
BOP-2023-6529
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 2 de noviembre de 2023
N.º 0208
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ANEXO III
Proceso de Valoración de Méritos
VALORACIÓN.
La puntuación mínima requerida para superar el proceso de valoración para acceder al
siguiente nivel de carrera profesional horizontal es la siguiente:
Para el reconocimiento de los niveles de carrera profesional horizontal, solamente se podrán
alegar y valorar los méritos generados durante el tiempo de permanencia en el nivel que se
encuentre en el momento de la solicitud de acceso al nivel que se pretenda acceder. No
obstante, en el momento de la solicitud de acceso al nivel 2, se podrán alegar y valorar todos
los méritos generados por el solicitante hasta la fecha de esa solicitud. Del mismo modo, para
el acceso a los niveles 3 y 4, durante el régimen transitorio inicial, se podrán alegar y valorar
todos los méritos generados por el solicitante desde el momento inicial y hasta la fecha de esa
solicitud.
FORMACIÓN.
Se entenderá por formación recibida el conjunto de actividades que, a través del aprendizaje
planificado, tienen por objetivo el mantenimiento y la mejora de la competencia profesional con
el fin de contribuir a mejorar la calidad de los servicios, la consecución de los objetivos
estratégicos de la organización y el desarrollo profesional de los empleados públicos.
Formación continua.
Las actividades formativas susceptibles de valoración serán: Asistencia a los cursos de
formación, seminarios o jornadas organizados, impartidos u homologados por el Ayuntamiento
de Cilleros o por cualquier Organismo público dependiente de la Junta de Extremadura.
NIVEL 2 NIVEL 3 NIVEL 4
Subgrupo A1, A2, C1 y
C2
125 puntos 150 puntos 175 puntos
Agrupaciones
profesionales
100 puntos 100 puntos 100 puntos
CVE:
BOP-2023-6529
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 2 de noviembre de 2023
N.º 0208
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