Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Riberos del Tajo. (BOP-2023-6521)
BOP-2023-6521 Convocatoria y bases para la provisión de tres plazas de la OTUYDTS y Oficina de la Vivienda de la Mancomunidad Integral de Municipios Riberos del Tajo, mediante sistema de concurso de méritos.
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Mancomunidad Riberos del Tajo
General del Estado aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, con carácter
supletorio.
BASE DÉCIMA.- LEGISLACIÓN.
A la presente convocatoria le será de aplicación la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de
medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, Real Decreto-
ley 14/2021, de 6 de julio, Ley 39/2015, de 1 de octubre; la Ley 40/2015, de 1 de octubre; el
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre; la Ley 7/1985, de 2 de abril; el Real
Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril; en lo que resulte aplicable, el Real Decreto
896/1991, de 7 de junio; la Ley 13/2015, de 8 de abril y el Decreto 201/1995, de 26 de
diciembre, de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en lo que no contradigan al Texto
Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; las bases de la convocatoria;
supletoriamente, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
BASE UNDÉCIMA.- PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL.
De conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos y
Garantía de los Derechos Digitales, y el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo
y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que
respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el
que se deroga la Directiva 95/46/CE, el tratamiento de los datos de carácter personal es
necesario en el cumplimiento de una misión realizada en interés público.
a) Información sobre protección de datos.
- Responsable Mancomunidad Integral de Municipios Riberos del Tajo. Delegado de
Protección de Datos. 927300400 secretaria@riberosdeltajo.es Calle Real 62 2 A 10820
Cañaveral (Cáceres)
- Finalidad del tratamiento:
La finalidad del tratamiento es la de gestionar y tramitar la participación en la convocatoria
de las pruebas selectivas, de conformidad con el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de
octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado
Público y la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura, con el fin de
analizar la idoneidad de los candidatos. No se emplearán los datos para decisiones
automatizadas.
- Legitimación:
● Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.
● Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura.
● Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
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Martes, 31 de octubre de 2023
N.º 0207
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