Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Riberos del Tajo. (BOP-2023-6521)
BOP-2023-6521 Convocatoria y bases para la provisión de tres plazas de la OTUYDTS y Oficina de la Vivienda de la Mancomunidad Integral de Municipios Riberos del Tajo, mediante sistema de concurso de méritos.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Mancomunidad Riberos del Tajo
El plazo para presentar alegaciones frente a las mencionadas puntuaciones será de cinco días
naturales a partir del día siguiente a la publicación.
Convocado, en su caso, el Tribunal Calificador para resolver las alegaciones a las
puntuaciones, éste publicará posteriormente en la Sede Electrónica de la Mancomunidad, la
resolución de las alegaciones y la lista definitiva de personas aprobadas, con indicación de la
puntuación definitiva obtenida, elevándose a la Presidencia de la Mancomunidad.
Dicha propuesta, que tendrá carácter vinculante, debe responder al orden de prelación
según aquellas personas aspirantes que hubieran obtenido mayor puntuación, a las que les
serán adjudicadas las plazas según la elección de éstas siguiendo el orden de puntuación
obtenida de mayor a menor.
En caso de empate en la puntuación de concurso de méritos, los criterios de desempate
serán los siguientes y por este orden.
- Mayor puntuación en el apartado de servicios prestados por el orden de baremación
previsto en las presentes bases.
- Mayor puntuación en el apartado de formación.
- Mayor antigüedad como funcionario/a interino/a, contratación temporal o indefinido
no fijo, desempeñando los puestos de trabajo correspondientes a las plazas objeto de la
convocatoria.
- En caso de persistir el empate, se establecerá el desempate por sorteo.
BASE SÉPTIMA.- PRESENTACIÓN DE DOCUMENTACIÓN
El/la aspirante propuesto/a acreditará ante la Administración, dentro del plazo de diez días
hábiles desde que se publican en la Sede electrónica de esta Mancomunidad, los documentos
justificativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria.
La Mancomunidad se reserva el derecho de comprobar la veracidad la documentación
aportada, o solicitar aclaraciones o información adicional cuando se considere necesaria.
Quiénes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la
documentación o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos o
méritos alegados, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin
perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus
solicitudes de participación.
BASE OCTAVA.- ADQUISICIÓN DE LA CONDICIÓN DE PERSONAL LABORAL FIJO.
Quienes hayan sido propuestos para adquirir la condición de personal laboral fijo,
formalizarán dicha situación en el plazo máximo de diez días naturales, a contar desde el
siguiente a aquel en que les sea notificada la correspondiente resolución. Quienes no
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Cód.
Validación:
9MQK2DR4K4PGLJP5ZQ9MXLS96
Verificación:
https://riberosdeltajo.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
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CVE:
BOP-2023-6521
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 31 de octubre de 2023
N.º 0207
Pág. 28050
El plazo para presentar alegaciones frente a las mencionadas puntuaciones será de cinco días
naturales a partir del día siguiente a la publicación.
Convocado, en su caso, el Tribunal Calificador para resolver las alegaciones a las
puntuaciones, éste publicará posteriormente en la Sede Electrónica de la Mancomunidad, la
resolución de las alegaciones y la lista definitiva de personas aprobadas, con indicación de la
puntuación definitiva obtenida, elevándose a la Presidencia de la Mancomunidad.
Dicha propuesta, que tendrá carácter vinculante, debe responder al orden de prelación
según aquellas personas aspirantes que hubieran obtenido mayor puntuación, a las que les
serán adjudicadas las plazas según la elección de éstas siguiendo el orden de puntuación
obtenida de mayor a menor.
En caso de empate en la puntuación de concurso de méritos, los criterios de desempate
serán los siguientes y por este orden.
- Mayor puntuación en el apartado de servicios prestados por el orden de baremación
previsto en las presentes bases.
- Mayor puntuación en el apartado de formación.
- Mayor antigüedad como funcionario/a interino/a, contratación temporal o indefinido
no fijo, desempeñando los puestos de trabajo correspondientes a las plazas objeto de la
convocatoria.
- En caso de persistir el empate, se establecerá el desempate por sorteo.
BASE SÉPTIMA.- PRESENTACIÓN DE DOCUMENTACIÓN
El/la aspirante propuesto/a acreditará ante la Administración, dentro del plazo de diez días
hábiles desde que se publican en la Sede electrónica de esta Mancomunidad, los documentos
justificativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria.
La Mancomunidad se reserva el derecho de comprobar la veracidad la documentación
aportada, o solicitar aclaraciones o información adicional cuando se considere necesaria.
Quiénes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la
documentación o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos o
méritos alegados, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin
perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus
solicitudes de participación.
BASE OCTAVA.- ADQUISICIÓN DE LA CONDICIÓN DE PERSONAL LABORAL FIJO.
Quienes hayan sido propuestos para adquirir la condición de personal laboral fijo,
formalizarán dicha situación en el plazo máximo de diez días naturales, a contar desde el
siguiente a aquel en que les sea notificada la correspondiente resolución. Quienes no
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Validación:
9MQK2DR4K4PGLJP5ZQ9MXLS96
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N.º 0207
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