Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Torrecilla de Los Ángeles. (BOP-2023-6513)
BOP-2023-6513 Bases selección de dos Formadores/as para el Desarrollo de los Programas de Aprendizaje a lo largo de la vida durante el curso 2023/2024.
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por la Presidencia.
La composición del tribunal incluirá también la de los/as respectivos/as suplentes, que serán
designados/as conjuntamente con los/as titulares.
El tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia, como mínimo, de la mitad más uno
de sus miembros, titulares o suplentes, indistintamente.
7.2. En la misma resolución en la que se apruebe definitivamente la lista de aspirantes
admitidos/as y excluidos/as, se fijará la composición del tribunal calificador a efectos de poder
promover, en caso de que proceda, la recusación de sus miembros. La resolución se anunciará
en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y en su sitio web.
7.3. Para aquellas pruebas que lo requieran, el tribunal podrá nombrar colaboradores/as,
especialistas y ayudantes, que estarán siempre bajo su dirección y control directos, limitándose
al ejercicio de sus especialidades técnicas en base a las cuales colaborarán con el tribunal con
voz, pero sin voto. Los/as asesores/as y especialistas estarán sometidos/as a las mismas
causas de abstención y recusación que los/as miembros del tribunal.
7.4. No podrán formar parte del tribunal quienes hayan impartido cursos o trabajos para la
preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de
la correspondiente convocatoria.
La Alcaldía podrá requerir a los/as miembros del tribunal una declaración expresa de no
encontrarse sometidos/as a ninguna de las causas de abstención legalmente previstas en el
artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público -
LRJSP-. Igualmente, quienes incurriesen en causa de abstención deberán comunicarlo a la
Alcaldía en el plazo máximo de 5 días hábiles.
OCTAVA. SISTEMA DE SELECCIÓN Y DESARROLLO DE LOS PROCESOS.
8.1. La fecha de celebración del primer ejercicio se publicará en el tablón de anuncios de este
Ayuntamiento y en su sitio web.
8.2. Una vez comenzadas las pruebas selectivas los anuncios respecto del lugar y hora donde
deban celebrarse las restantes, se publicarán en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, en su
sitio web, y en los locales donde se hayan celebrado las pruebas. Estos anuncios deberán
publicarse como mínimo con 12 horas de antelación cuando se trate del mismo ejercicio y de
48 cuando se trate de un nuevo ejercicio.
CVE:
BOP-2023-6513
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 31 de octubre de 2023
N.º 0207
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