Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Madroñera. (BOP-2023-6492)
BOP-2023-6492 Bases por las que se regirá la provisión de una plaza de Operario/a de depuración, tratamiento y distribución de agua.
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obtenida.
El/a integrante de la bolsa de empleo que obtenga un contrato causará baja en la
bolsa y, una vez finalizado el contrato pasará al último lugar de la bolsa. El/a
aspirante que renuncie a un contrato ofertado sin causa justificada quedará
excluido de dicha bolsa.
Son causas que justifican la renuncia a una oferta de trabajo y que implican el
mantenimiento dentro de la bolsa de trabajo:
 Estar en situación de ocupado/a, prestando servicios como personal
contratado, en cualquiera de las formas admitidas en derecho, laboral o
funcionario/a interino/a.
 Estar en situación de suspensión por accidente, baja por enfermedad,
intervención quirúrgica, internamiento hospitalario, maternidad, embarazo
de alto riesgo y situación de riesgo o necesidad acreditada por
facultativo/a que exija la lactancia natural de menores de nueve meses. La
acreditación documentada de la finalización de tal circunstancia dará lugar
a la reposición en el mismo lugar del orden de lista en las bolsas de
trabajo en que se encontrara la persona afectada.
 Ejercicio de cargo público representativo que imposibilite la asistencia al
trabajo.
Si la persona que ocupe la plaza ofertada se encontrara en situación de baja
durante la contratación, pasaría a ocupar la plaza la siguiente persona en el
orden establecido en la bolsa de empleo, teniendo en cuenta las siguientes
circunstancias:
 Si el periodo de baja es inferior a 1 mes, la persona que ocupe la plaza
regresará a la bolsa de empleo una vez finalizado el periodo de sustitución,
en el orden en el que estaba antes de ocuparla.
 Si el periodo de baja es superior a 1 mes, la persona que ocupe la plaza
regresará a la bolsa de empleo una vez finalizado el periodo de sustitución,
ocupando el último lugar de la mencionada bolsa.
Este periodo de contratación por la situación de baja, será tenido en cuenta a la
hora de computar los 6 meses de contratación, según lo recogido en estas bases
y nunca superando los 6 meses establecidos.
La bolsa de empleo tendrá una duración indefinida hasta que la Comisión
Intermunicipal de la Mancomunidad de Aguas decida la aprobación de una nueva.
La duración máxima del contrato nunca superará los 6 meses.
DECIMO TERCERA. INCIDENCIAS.
Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con
lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
CVE:
BOP-2023-6492
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 31 de octubre de 2023
N.º 0207
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