Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Madroñera. (BOP-2023-6492)
BOP-2023-6492 Bases por las que se regirá la provisión de una plaza de Operario/a de depuración, tratamiento y distribución de agua.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Madroñera (madronera.sedelectronica.es – Catálogo de Trámites –
Secretaría General – Instancia General) y podrán presentarse en la forma que
determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La convocatoria del proceso selectivo, así como las presentes bases, se publicará
asimismo en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Madroñera y en la sede
electrónica:
madronera.sedelectronica.es
Los/as aspirantes quedan vinculados/as a los datos que hayan hecho constar en
sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar su modificación mediante escrito
motivado dentro del plazo de presentación de instancias, establecido en las
presentes bases.
La presentación de la instancia fuera de plazo establecido supondrá causa de
exclusión del/a aspirante del proceso selectivo.
Los/as aspirantes otorgan su consentimiento para el tratamiento de sus datos de
carácter personal que sean necesarios para tomar parte en el presente
proceso selectivo, así como para la publicación en el tablón municipal y página
web municipal de su nombre y apellidos, y en su caso su calificación, en las
listas de admitidos/as y excluidos/as, y en aquellas otras derivadas de este
resultado de cada ejercicio de esta convocatoria, así como en las listas de
calificación final y de aspirante propuesto para su nombramiento, todo ello de
conformidad con lo establecido en la normativa vigente en la materia.
QUINTA. ADMISIÓN DE ASPIRANTES.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Presidente de la
Mancomunidad de Aguas dictará resolución en el plazo máximo de tres días
aprobando la lista provisional de los/as aspirantes admitidos/as y excluidos/as,
que se hará pública, concediéndose un plazo de diez días hábiles para que los/as
aspirantes excluidos/as expresamente, así como los/as que no figuren en la
relación de admitidos/as ni en la de excluidos/as, puedan subsanar si es posible
los defectos que hayan motivado su exclusión o no inclusión expresa.
Concluido el plazo de subsanación y alegaciones, el Presidente de la
Mancomunidad de Aguas procederá a la aprobación definitiva de la lista de
aspirantes admitidos/as y excluidos/as. En dicha resolución se determinarán el
lugar y fecha del comienzo de los ejercicios y el orden de actuación de los
aspirantes.
SEXTA. TRIBUNAL CALIFICADOR.
La composición del tribunal calificador deberá ajustarse a los principios de
imparcialidad y profesionalidad de sus miembros y se tenderá asimismo y dentro
de lo posible, a la paridad entre hombres y mujeres.
El tribunal será nombrado por el Presidente de la Mancomunidad de Aguas y
contará con un/a presidente/a, cuatro vocales y un/a secretario/a. El/a
CVE:
BOP-2023-6492
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 31 de octubre de 2023
N.º 0207
Pág. 27960
Secretaría General – Instancia General) y podrán presentarse en la forma que
determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La convocatoria del proceso selectivo, así como las presentes bases, se publicará
asimismo en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Madroñera y en la sede
electrónica:
madronera.sedelectronica.es
Los/as aspirantes quedan vinculados/as a los datos que hayan hecho constar en
sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar su modificación mediante escrito
motivado dentro del plazo de presentación de instancias, establecido en las
presentes bases.
La presentación de la instancia fuera de plazo establecido supondrá causa de
exclusión del/a aspirante del proceso selectivo.
Los/as aspirantes otorgan su consentimiento para el tratamiento de sus datos de
carácter personal que sean necesarios para tomar parte en el presente
proceso selectivo, así como para la publicación en el tablón municipal y página
web municipal de su nombre y apellidos, y en su caso su calificación, en las
listas de admitidos/as y excluidos/as, y en aquellas otras derivadas de este
resultado de cada ejercicio de esta convocatoria, así como en las listas de
calificación final y de aspirante propuesto para su nombramiento, todo ello de
conformidad con lo establecido en la normativa vigente en la materia.
QUINTA. ADMISIÓN DE ASPIRANTES.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Presidente de la
Mancomunidad de Aguas dictará resolución en el plazo máximo de tres días
aprobando la lista provisional de los/as aspirantes admitidos/as y excluidos/as,
que se hará pública, concediéndose un plazo de diez días hábiles para que los/as
aspirantes excluidos/as expresamente, así como los/as que no figuren en la
relación de admitidos/as ni en la de excluidos/as, puedan subsanar si es posible
los defectos que hayan motivado su exclusión o no inclusión expresa.
Concluido el plazo de subsanación y alegaciones, el Presidente de la
Mancomunidad de Aguas procederá a la aprobación definitiva de la lista de
aspirantes admitidos/as y excluidos/as. En dicha resolución se determinarán el
lugar y fecha del comienzo de los ejercicios y el orden de actuación de los
aspirantes.
SEXTA. TRIBUNAL CALIFICADOR.
La composición del tribunal calificador deberá ajustarse a los principios de
imparcialidad y profesionalidad de sus miembros y se tenderá asimismo y dentro
de lo posible, a la paridad entre hombres y mujeres.
El tribunal será nombrado por el Presidente de la Mancomunidad de Aguas y
contará con un/a presidente/a, cuatro vocales y un/a secretario/a. El/a
CVE:
BOP-2023-6492
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
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N.º 0207
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