Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Garganta la Olla. (BOP-2023-6487)
BOP-2023-6487 Aprobación definitiva Ordenanza Gimnasio.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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deporte; no pudiendo realizar cualquier actividad sin camiseta.
No está permitido utilizar calzado de calle en los espacios deportivos. Se utilizará
calzado de uso adecuado para la actividad deportiva practicada, pudiendo ser
demandado para su comprobación por el/a encargado/a del Gimnasio.
Los espacios deportivos se regirán por las siguientes normas:
Sala de aparatos:
Se debe hacer un buen uso de las máquinas y aparatos.
Se debe dejar el material, una vez utilizado, en su lugar correspondiente.
Debe hacerse un uso correcto de las máquinas y aparatos, y en caso de duda, se
consultará al/a responsable municipal.
Se debe colocar una toalla sobre las maquinas antes de utilizarlas.
La capacidad máxima de la sala se limita a un máximo de 14 personas. No obstante,
será el/a monitor/a quien última instancia determine su límite.
Se recomienda solicitar un programa de entrenamiento individualizado al/a monitor/a del
gimnasio, así como pedir asesoramiento sobre cualquier duda que se pueda tener.
Las máquinas o aparatos específicos del gimnasio se dejarán en los lugares habilitados,
y las susceptibles de ser cargadas con peso, liberadas del mismo al finalizar la
actividad.
Queda totalmente prohibido mover o desplazar las máquinas y el mobiliario de la sala.
CAPITULO III. PERSONAL DE LA INSTALACIÓN
Artículo 16. Funciones.
El personal al servicio del Ayuntamiento tendrá las siguientes funciones:
Apertura o cierre de las instalaciones del Gimnasio.
Cuidar que las actividades en el interior se realicen con normalidad.
Velar por el buen orden, limpieza y adecuado uso de las instalaciones.
Atender las sugerencias, quejas y reclamaciones que se formulen transmitiéndolas en
todo caso a la Alcaldía.
Cuantas otras funciones resulten de esta ordenanza o le fueran encomendadas por la
Alcaldía.
CVE:
BOP-2023-6487
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 31 de octubre de 2023
N.º 0207
Pág. 27945
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deporte; no pudiendo realizar cualquier actividad sin camiseta.
No está permitido utilizar calzado de calle en los espacios deportivos. Se utilizará
calzado de uso adecuado para la actividad deportiva practicada, pudiendo ser
demandado para su comprobación por el/a encargado/a del Gimnasio.
Los espacios deportivos se regirán por las siguientes normas:
Sala de aparatos:
Se debe hacer un buen uso de las máquinas y aparatos.
Se debe dejar el material, una vez utilizado, en su lugar correspondiente.
Debe hacerse un uso correcto de las máquinas y aparatos, y en caso de duda, se
consultará al/a responsable municipal.
Se debe colocar una toalla sobre las maquinas antes de utilizarlas.
La capacidad máxima de la sala se limita a un máximo de 14 personas. No obstante,
será el/a monitor/a quien última instancia determine su límite.
Se recomienda solicitar un programa de entrenamiento individualizado al/a monitor/a del
gimnasio, así como pedir asesoramiento sobre cualquier duda que se pueda tener.
Las máquinas o aparatos específicos del gimnasio se dejarán en los lugares habilitados,
y las susceptibles de ser cargadas con peso, liberadas del mismo al finalizar la
actividad.
Queda totalmente prohibido mover o desplazar las máquinas y el mobiliario de la sala.
CAPITULO III. PERSONAL DE LA INSTALACIÓN
Artículo 16. Funciones.
El personal al servicio del Ayuntamiento tendrá las siguientes funciones:
Apertura o cierre de las instalaciones del Gimnasio.
Cuidar que las actividades en el interior se realicen con normalidad.
Velar por el buen orden, limpieza y adecuado uso de las instalaciones.
Atender las sugerencias, quejas y reclamaciones que se formulen transmitiéndolas en
todo caso a la Alcaldía.
Cuantas otras funciones resulten de esta ordenanza o le fueran encomendadas por la
Alcaldía.
CVE:
BOP-2023-6487
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 31 de octubre de 2023
N.º 0207
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