Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Carbajo. (BOP-2023-6368)
BOP-2023-6368 Plan de Medidas Antifraude.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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PLAN DE MEDIDAS ANTIFRAUDE [SISTEMA DE GESTIÓN DL PLAN DE
RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA]
— el uso o la presentación de declaraciones o documentos relativos al IVA
falsos, inexactos o incompletos, que tenga por efecto la disminución de los recursos
del presupuesto de la Unión,
— el incumplimiento de una obligación expresa de comunicar una
información relativa al IVA, que tenga el mismo efecto; o
— la presentación de declaraciones del IVA correctas con el fin de disimular
de forma fraudulenta el incumplimiento de pago o la creación ilícita de un derecho a
la devolución del IVA.
CORRUPCIÓN ACTIVA: la acción de toda persona que prometa, ofrezca o
conceda, directamente o a través de un intermediario, una ventaja de cualquier tipo
a un funcionario, para él o para un tercero, a fin de que actúe, o se abstenga de
actuar, de acuerdo con su deber o en el ejercicio de sus funciones, de modo que
perjudique o pueda perjudicar los intereses financieros de la Unión.
CORRUPCIÓN PASIVA: la acción de un funcionario que, directamente o a
través de un intermediario, pida o reciba ventajas de cualquier tipo, para él o para
terceros, o acepte la promesa de una ventaja, a fin de que actúe, o se abstenga de
actuar, de acuerdo con su deber o en el ejercicio de sus funciones, de modo que
perjudique o pueda perjudicar los intereses financieros de la Unión.
CONFLICTO DE INTERESES: existirá conflicto de intereses cuando el
ejercicio imparcial y objetivo de las funciones se vea comprometido por razones
familiares, afectivas, de afinidad política o nacional, de interés económico o por
cualquier otro motivo directo o indirecto de interés personal.
Atendiendo a la situación que motivaría el conflicto de intereses, puede
distinguirse entre:
Conflicto de intereses aparente: se produce cuando los intereses
privados de un empleado público o beneficiario son susceptibles de comprometer el
ejercicio objetivo de sus funciones u obligaciones, pero finalmente no se encuentra
un vínculo identificable e individual con aspectos concretos de la conducta, el
comportamiento o las relaciones de la persona (o una repercusión en dichos
aspectos).
Cód.
Validación:
5FQG2F6AG7HFTHJP5ZJN4LA5D
Verificación:
https://carbajo.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
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esPublico
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Jueves, 26 de octubre de 2023
N.º 0204
Pág. 27563
RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA]
— el uso o la presentación de declaraciones o documentos relativos al IVA
falsos, inexactos o incompletos, que tenga por efecto la disminución de los recursos
del presupuesto de la Unión,
— el incumplimiento de una obligación expresa de comunicar una
información relativa al IVA, que tenga el mismo efecto; o
— la presentación de declaraciones del IVA correctas con el fin de disimular
de forma fraudulenta el incumplimiento de pago o la creación ilícita de un derecho a
la devolución del IVA.
CORRUPCIÓN ACTIVA: la acción de toda persona que prometa, ofrezca o
conceda, directamente o a través de un intermediario, una ventaja de cualquier tipo
a un funcionario, para él o para un tercero, a fin de que actúe, o se abstenga de
actuar, de acuerdo con su deber o en el ejercicio de sus funciones, de modo que
perjudique o pueda perjudicar los intereses financieros de la Unión.
CORRUPCIÓN PASIVA: la acción de un funcionario que, directamente o a
través de un intermediario, pida o reciba ventajas de cualquier tipo, para él o para
terceros, o acepte la promesa de una ventaja, a fin de que actúe, o se abstenga de
actuar, de acuerdo con su deber o en el ejercicio de sus funciones, de modo que
perjudique o pueda perjudicar los intereses financieros de la Unión.
CONFLICTO DE INTERESES: existirá conflicto de intereses cuando el
ejercicio imparcial y objetivo de las funciones se vea comprometido por razones
familiares, afectivas, de afinidad política o nacional, de interés económico o por
cualquier otro motivo directo o indirecto de interés personal.
Atendiendo a la situación que motivaría el conflicto de intereses, puede
distinguirse entre:
Conflicto de intereses aparente: se produce cuando los intereses
privados de un empleado público o beneficiario son susceptibles de comprometer el
ejercicio objetivo de sus funciones u obligaciones, pero finalmente no se encuentra
un vínculo identificable e individual con aspectos concretos de la conducta, el
comportamiento o las relaciones de la persona (o una repercusión en dichos
aspectos).
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Validación:
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