Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Carbajo. (BOP-2023-6368)
BOP-2023-6368 Plan de Medidas Antifraude.
50 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
PLAN DE MEDIDAS ANTIFRAUDE [SISTEMA DE GESTIÓN DL PLAN DE
RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA]
las medidas tendentes a la prevención, detección, corrección y persecución del
fraude, la corrupción y los conflictos de interés y a evitar la doble financiación,
cumpliendo los requerimientos previstos en la normativa europea y en la Orden
HFP/1030/2021.
En cuanto a los conflictos de intereses, se contempla el procedimiento a
seguir para su tratamiento tal y como establece la Orden HFP/55/2023, de 24 de
enero, relativa al análisis sistemático del riesgo de conflicto de interés en los
procedimientos que ejecutan el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Además, en el seno de esta entidad, se promoverá una cultura que ejerza un
efecto disuasorio para cualquier tipo de actividad fraudulenta, haciendo posible su
prevención y detección y desarrollando unos procedimientos que faciliten la
investigación del fraude y de los delitos relacionados con el mismo, que permitan
garantizar que tales casos se abordan de forma adecuada y en el momento preciso.
El Plan tiene una duración indefinida, y se revisará cuando se haya
detectado algún caso de fraude o corrupción o bien cuando haya cambios
significativos en los procedimientos o en el personal.
Su estructura gira en torno a los cuatro elementos clave del denominado
ciclo antifraude: prevención, detección, corrección y persecución y se aplicará a
todos los órganos y a todo el personal que intervenga en los procedimientos de
gestión de fondos provenientes de la UE, en particular a los obtenidos del MRR. Se
realiza un tratamiento diferenciado de determinados aspectos de los conflictos de
intereses en cumplimento de la normativa anteriormente mencionada.
3. DEFINICIONES
Son de aplicación al presente Plan Antifraude las siguientes definiciones
contenidas en la Directiva (UE) 2017/1371, sobre la lucha contra el fraude que
afecta a los intereses financieros de la Unión (Directiva PIF) y en el Reglamento
Financiero de la UE:
FRAUDE:
Cód.
Validación:
5FQG2F6AG7HFTHJP5ZJN4LA5D
Verificación:
https://carbajo.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
4
de
49
CVE:
BOP-2023-6368
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 26 de octubre de 2023
N.º 0204
Pág. 27561