Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Malpartida de Cáceres. (BOP-2023-6298)
BOP-2023-6298 EXTRACTO. Convocatoria de Subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinada a Asociaciones.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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siguientes requisitos, además de los dispuestos en el artículo 6 de la Ordenanza reguladora:
a) No encontrarse incursas en alguna de las circunstancias a las que se refiere el
artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Igualmente, la entidad beneficiaria deberá encontrarse al corriente de sus obligaciones
tributarias con la hacienda estatal, autonómica y local y con la Seguridad Social, de
acuerdo con lo establecido en el artículo 14.1.e) de la ley mencionada ley. Esta
circunstancia se podrá comprobar de oficio siempre que el/a interesado/a lo autorice.
b) Que se trate de asociaciones o clubes activos y en funcionamiento.
c) Que hayan justificado las subvenciones recibidas por el Ayuntamiento de Malpartida
de Cáceres en anualidades anteriores.
SEGUNDO. GASTOS SUBVENCIONABLES Y NO SUBVENCIONABLES.
Mediante la presente convocatoria se entenderán como gastos subvencionables los que
respondiendo, de manera indubitada, a la naturaleza de la actividad o proyecto subvencionado
y se realicen en el plazo establecido en la convocatoria, y correspondan a los conceptos
descritos en el apartado 1) de la cláusula segunda de las Bases reguladoras.
No se considerarán gastos subvencionables los descritos en el apartado 2) de la cláusula
segunda de las Bases reguladoras.
TERCERO. DOTACIÓN PRESUPUESTARIA Y CUANTÍA.
La presente convocatoria de subvenciones está consignada en el Presupuesto Municipal 2022
prorrogado para 2023 del Ayuntamiento de Malpartida de Cáceres en las aplicaciones
presupuestarias 334.480 Promoción Cultural y 433.480 Instituciones sin fin de lucro (promoción
deportiva), dotadas con un importe de 7.600,00 euros y 30.000,00 euros respectivamente,
ascendiendo el total a treinta y siete mil setecientos euros (37.600,00 €). No obstante, la Junta
de Gobierno Local se reserva el derecho de no utilizar la totalidad de esa cantidad.
CUARTO. PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES.
La presente convocatoria se tramitará en soporte papel, o bien electrónicamente, a través de la
presentación correspondiente en el Registro del Ayuntamiento de Malpartida de Cáceres. Las
solicitudes se formularán en el modelo que figura como Anexo I de las bases reguladoras de la
convocatoria. Se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Malpartida de
Cáceres, y se presentarán en el Registro de entrada del Ayuntamiento, sito en Plaza Mayor, 30
CVE:
BOP-2023-6298
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 24 de octubre de 2023
N.º 0202
Pág. 27391
a) No encontrarse incursas en alguna de las circunstancias a las que se refiere el
artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Igualmente, la entidad beneficiaria deberá encontrarse al corriente de sus obligaciones
tributarias con la hacienda estatal, autonómica y local y con la Seguridad Social, de
acuerdo con lo establecido en el artículo 14.1.e) de la ley mencionada ley. Esta
circunstancia se podrá comprobar de oficio siempre que el/a interesado/a lo autorice.
b) Que se trate de asociaciones o clubes activos y en funcionamiento.
c) Que hayan justificado las subvenciones recibidas por el Ayuntamiento de Malpartida
de Cáceres en anualidades anteriores.
SEGUNDO. GASTOS SUBVENCIONABLES Y NO SUBVENCIONABLES.
Mediante la presente convocatoria se entenderán como gastos subvencionables los que
respondiendo, de manera indubitada, a la naturaleza de la actividad o proyecto subvencionado
y se realicen en el plazo establecido en la convocatoria, y correspondan a los conceptos
descritos en el apartado 1) de la cláusula segunda de las Bases reguladoras.
No se considerarán gastos subvencionables los descritos en el apartado 2) de la cláusula
segunda de las Bases reguladoras.
TERCERO. DOTACIÓN PRESUPUESTARIA Y CUANTÍA.
La presente convocatoria de subvenciones está consignada en el Presupuesto Municipal 2022
prorrogado para 2023 del Ayuntamiento de Malpartida de Cáceres en las aplicaciones
presupuestarias 334.480 Promoción Cultural y 433.480 Instituciones sin fin de lucro (promoción
deportiva), dotadas con un importe de 7.600,00 euros y 30.000,00 euros respectivamente,
ascendiendo el total a treinta y siete mil setecientos euros (37.600,00 €). No obstante, la Junta
de Gobierno Local se reserva el derecho de no utilizar la totalidad de esa cantidad.
CUARTO. PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES.
La presente convocatoria se tramitará en soporte papel, o bien electrónicamente, a través de la
presentación correspondiente en el Registro del Ayuntamiento de Malpartida de Cáceres. Las
solicitudes se formularán en el modelo que figura como Anexo I de las bases reguladoras de la
convocatoria. Se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Malpartida de
Cáceres, y se presentarán en el Registro de entrada del Ayuntamiento, sito en Plaza Mayor, 30
CVE:
BOP-2023-6298
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 24 de octubre de 2023
N.º 0202
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