Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Toril. (BOP-2023-6236)
BOP-2023-6236 Plan de Integridad y de Medidas Antifraude.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Toril
Plan de integridad y de medidas antifraude del Ayuntamiento de Toril (Cáceres)
Sistema de Gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia .
breve plazo posible a las autoridades interesadas y a los organismos implicados en la
realización de las actuaciones y la revisión de todos aquellos proyectos que hayan podido
estar expuestos al mismo.
El Comité Antifraude tendrá que analizar si el fraude es puntual o sistemático.
En el caso de que se detecten irregularidades sistémicas, se adoptarán las siguientes
medidas:
— Revisar la totalidad de los expedientes incluidos en esa operación y/o de
naturaleza económica análoga.
— Retirar la financiación comunitaria de todos aquellos expedientes en los que
se identifique la incidencia detectada.
— Comunicar a las unidades ejecutoras las medidas necesarias a adoptar para
subsanar la debilidad detectada, de forma que las incidencias encontradas no vuelvan a
repetirse.
— Revisar los sistemas de control interno para establecer los mecanismos
oportunos que detecten las referidas incidencias en las fases iniciales de verificación.
C. Persecución.
A la mayor brevedad posible, el Comité Antifraude procederá a:
— Comunicar los hechos producidos y las medidas adoptadas a la entidad
decisora (o a la entidad ejecutora que le haya encomendado la ejecución de las
actuaciones, en cuyo caso será esta la que se los comunicará a la entidad decisora),
quien comunicará el asunto a la Autoridad Responsable, la cual podrá solicitar la
información adicional que considere oportuna de cara su seguimiento y comunicación a la
Autoridad de Control.
— Denunciar, si fuese el caso, los hechos punibles a las Autoridades Públicas
competentes (Servicio Nacional de Coordinación Antifraude -SNCA-) y para su valoración
y eventual comunicación a la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude.
— Asimismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 129 del
Reglamento Financiero de la UE de 2018, este Ayuntamiento cooperará lealmente con la
Comisión Europea, la OLAF, el Tribunal de Cuentas Europeo y la Fiscalía Europea, en
todas las actuaciones de fiscalización y control que tales entidades lleven a cabo.
— También colaborará, en su caso, con el Tribunal de Cuentas, cuando se
lleven a cabo auditorías del presente Plan.
— Iniciar una información reservada para depurar responsabilidades o incoar
un expediente disciplinario.
— Denunciar los hechos ante la fiscalía y los tribunales competentes, en los casos
oportunos.
Ayuntamiento de Toril
Plza. de España, 1, Toril. 10520 (Cáceres). Tfno. 927577191. Fax: 927577126
CVE:
BOP-2023-6236
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 19 de octubre de 2023
N.º 0199
Pág. 27165
Plan de integridad y de medidas antifraude del Ayuntamiento de Toril (Cáceres)
Sistema de Gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia .
breve plazo posible a las autoridades interesadas y a los organismos implicados en la
realización de las actuaciones y la revisión de todos aquellos proyectos que hayan podido
estar expuestos al mismo.
El Comité Antifraude tendrá que analizar si el fraude es puntual o sistemático.
En el caso de que se detecten irregularidades sistémicas, se adoptarán las siguientes
medidas:
— Revisar la totalidad de los expedientes incluidos en esa operación y/o de
naturaleza económica análoga.
— Retirar la financiación comunitaria de todos aquellos expedientes en los que
se identifique la incidencia detectada.
— Comunicar a las unidades ejecutoras las medidas necesarias a adoptar para
subsanar la debilidad detectada, de forma que las incidencias encontradas no vuelvan a
repetirse.
— Revisar los sistemas de control interno para establecer los mecanismos
oportunos que detecten las referidas incidencias en las fases iniciales de verificación.
C. Persecución.
A la mayor brevedad posible, el Comité Antifraude procederá a:
— Comunicar los hechos producidos y las medidas adoptadas a la entidad
decisora (o a la entidad ejecutora que le haya encomendado la ejecución de las
actuaciones, en cuyo caso será esta la que se los comunicará a la entidad decisora),
quien comunicará el asunto a la Autoridad Responsable, la cual podrá solicitar la
información adicional que considere oportuna de cara su seguimiento y comunicación a la
Autoridad de Control.
— Denunciar, si fuese el caso, los hechos punibles a las Autoridades Públicas
competentes (Servicio Nacional de Coordinación Antifraude -SNCA-) y para su valoración
y eventual comunicación a la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude.
— Asimismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 129 del
Reglamento Financiero de la UE de 2018, este Ayuntamiento cooperará lealmente con la
Comisión Europea, la OLAF, el Tribunal de Cuentas Europeo y la Fiscalía Europea, en
todas las actuaciones de fiscalización y control que tales entidades lleven a cabo.
— También colaborará, en su caso, con el Tribunal de Cuentas, cuando se
lleven a cabo auditorías del presente Plan.
— Iniciar una información reservada para depurar responsabilidades o incoar
un expediente disciplinario.
— Denunciar los hechos ante la fiscalía y los tribunales competentes, en los casos
oportunos.
Ayuntamiento de Toril
Plza. de España, 1, Toril. 10520 (Cáceres). Tfno. 927577191. Fax: 927577126
CVE:
BOP-2023-6236
Verificable
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Jueves, 19 de octubre de 2023
N.º 0199
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