Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de La Moheda (E.L.M.). (BOP-2023-6229)
BOP-2023-6229 Aprobación definitiva Reglamento del servicio de Ayuda a Domicilio.
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·Capacidad funcional.
·Situación sociofamiliar.
·Situación económica.
·Alojamiento.
·Otros factores.
En relación al Anexo I del Decreto 12/1.997, de 21 de enero de la Consejería de Bienestar
Social se reproduce lo siguiente: «En el apartado A se valorarán a todas aquellas personas que
presenten una limitación en su autonomía personal que les dificulta o impide el realizar las
actividades básicas, para una vida normalizada. Se valorarán los siguientes aspectos con la
ponderación que se detalla a continuación:
1.-Situación Económica, Puntuación máxima = 20 puntos
2.- Autonomía Personal, Puntuación máxima = 35 puntos
3.- Situación de la Vivienda, Puntuación máxima = 20 puntos
4.- Situación Socio-Familiar, Puntuación máxima = 25 puntos
TOTAL = 100 puntos.
El apartado B del baremo se utilizará para todas aquellas situaciones en las que la
problemática en la que pretendemos intervenir no viene provocada por ningún tipo de
incapacidad, sea ésta física, psíquica o sensorial. Se utilizará siempre en aquellos casos que la
desatención de algún miembro de la unidad de convivencia sea de forma temporal y venga
provocada por situaciones tales como: fallecimientos, hospitalización, separaciones, ausencias
obligatorias por tra- bajo de forma temporal, menor gestante, etc… Se valorarán los siguientes
aspectos con la ponderación que se detalla a continuación:
1.-Situación Económica, Puntuación máxima = 30 puntos
2.-Situación de la Vivienda, Puntuación máxima = 20 puntos
3.-Situación Socio-Familiar, Puntuación máxima = 50 puntos
TOTAL = 100 puntos.
Artículo 5.- Normas de procedimiento.
1.- Las solicitudes para acceder a la prestación del servicio de ayuda a domicilio se solicitarán y
CVE:
BOP-2023-6229
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 19 de octubre de 2023
N.º 0199
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