Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de La Moheda (E.L.M.). (BOP-2023-6229)
BOP-2023-6229 Aprobación definitiva Reglamento del servicio de Ayuda a Domicilio.
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·Bienes rústicos y urbanos sin arrendar: será el resultado de aplicar el 10% del valor
catastral a dichos bienes, prorrateado por doce meses.
·Capital mobiliario: resultado de prorratear por doce meses los rendimientos que
produzcan dichos bienes, acciones, dinero, títulos, fondo de inversión…
2.- Analizada la situación económica del solicitante de la prestación y de su unidad
familiar/convivencia, le será de aplicación la cuota resultante tal y como refleja en la escala de
tarifas establecida en la ordenanza reguladora del precio público por la prestación del servicio
de ayuda a domicilio.
3.- En caso de discrepancia en el cálculo de cuota entre la ordenanza reguladora del precio
público por la prestación del servicio de ayuda a domicilio y este reglamento, primara en todo
caso la ordenanza.
Artículo 14.- Cuestiones a considerar en la aplicación de la cuota.
1.- Mensualmente el/la Trabajador/a Social elaborará una relación de las personas
beneficiarias y la cuota a satisfacer por cada una de ellas en función de las horas en ese
periodo de tiempo.
2.- Cuando la persona usuaria solicite la suspensión temporal del servicio desde la fecha en
que ésta comunique y durante el tiempo que dure la misma no se le cobrará la cuota
correspondiente a los días de suspensión.
3.- Cuando a la persona usuaria no se le preste el servicio por ausencia de la auxiliar de ayuda
a domicilio no se hará efectivo el cobro de las horas correspondientes.
4.- Cuando el servicio no se preste por la no presencia de la persona beneficiaria en el
domicilio sin comunicación previa se hará efectiva igualmente la cuantía correspondiente.
DISPOSICIÓN FINAL El presente Reglamento, ha sido aprobado por la Junta Vecinal de la
ELM de La Moheda de Gata, en sesión ordinaria de fecha ---- de marzo de 2022 y entrará en
vigor el día de su publicación definitiva en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres.
La Moheda de Gata, 18 de octubre de 2023
Luis Mariano Haro Lozano
ALCALDE PEDÁNEO
CVE:
BOP-2023-6229
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 19 de octubre de 2023
N.º 0199
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