Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Casatejada. (BOP-2023-6226)
BOP-2023-6226 Plan de Integridad y de Medidas Antifraude.
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Ayuntamiento de Casatejada
Plan de integridad y de medidas antifraude del Ayuntamiento de Casatejada (Cáceres)
Sistema de Gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia .
4.1 Composición del Comité
La Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el
sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, no regula la
creación de un comité antifraude. Por ello, tampoco se regula la composición del mismo,
si bien para asegurar una correcta aplicación de las medidas antifraude, se designará un
Comité Antifraude integrado por personal propio con especial capacitación, teniendo en
cuenta la estructura organizativa de este Ayuntamiento.
La designación de estas personas se realizará mediante Resolución de
Alcaldía-Presidencia.
4.2 Funciones del Comité
1. Evaluación anual del riesgo de fraude, asegurándose de que exista un
control interno eficaz que permita prevenir y detectar los posibles fraudes.
2. Definir la Política Antifraude y el diseño de medidas necesarias que
permitan prevenir, detectar, corregir y perseguir los intentos de fraude.
3. Concienciar al resto de personal municipal.
4. Abrir un expediente informativo ante cualquier sospecha de fraude,
solicitando cuanta información se entienda pertinente a las unidades involucradas en la
misma, para su oportuno análisis.
5. Resolver los expedientes informativos incoados, ordenando su posible
archivo, en el caso de que las sospechas resulten infundadas, o la adopción de medidas
correctoras oportunas si llegase a la conclusión de que el fraude realmente se ha
producido.
6. Informar a la Alcaldía-Presidencia y Secretaría General de la Corporación
de las conclusiones alcanzadas en los expedientes incoados y, en su caso, de las medidas
correctoras aplicadas.
7. Suministrar la información necesaria a las entidades u organismos
encargados de velar por la recuperación de los importes indebidamente recibidos por
parte de los beneficiarios, o incoar las consiguientes sanciones en materia administrativa
y/o penal.
4.3 Régimen de reuniones
(Aplicable cuando el Comité Antifraude lo conformen varias personas)
La celebración de sesiones para asuntos que les sean propios, se regirá por lo
dispuesto en el artículo 17 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Ayuntamiento de Casatejada
Plza. España, 1, Casatejada. 10520 (Cáceres). Tfno. 927547002. Fax: 927547424
CVE:
BOP-2023-6226
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 19 de octubre de 2023
N.º 0199
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