Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Logrosán. (BOP-2023-6093)
BOP-2023-6093 Aprobación definitiva Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
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AYUNTAMIENTO DE LOGROSÁN (Cáceres)
C.I.F. P1011200A * Plaza de España, 1 * 10120 * Tlf. 927360022 – Fax 927 360796 -Mail.ayuntamiento@logrosan.es
4. El Ayuntamiento tramitará las declaraciones y comunicaciones de alteración catastral
urbana, ya sean de orden jurídico (cambios de titularidad) en régimen de delegación de
funciones o de orden físico y económico en régimen de prestación de servicios, que se
contemplan en el Convenio de Colaboración Catastral suscrito con la Dirección General
del Catastro, en los términos previstos en el Convenio y mientras éste mantenga su
vigencia.
Para la tramitación de las alteraciones de orden físico y económico, será obligatoria la
presentación, junto a la solicitud, de los documentos que acrediten la referida alteración.
DISPOSICION FINAL
La presente Ordenanza Fiscal entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín
Oficial de la Provincia.
Logrosán, a la fecha de la firma electrónica
EL ALCALDE.
Fdo.: Julio A. Roldán Masa.
Cód.
Validación:
47DPCXTFQNKZPRFX9NPC73P3P
Verificación:
https://logrosan.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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CVE:
BOP-2023-6093
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 11 de octubre de 2023
N.º 0194
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