Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de El Gordo. (BOP-2023-6087)
BOP-2023-6087 Bases Ayudas para material escolar curso 2023/2024.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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2. El plazo para presentar las solicitudes y demás documentos será de veinte días hábiles a
contar desde el siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la
Provincia. Si el último día de presentación de solicitudes fuera sábado o domingo, se entenderá
automáticamente prorrogado el plazo hasta el lunes inmediatamente posterior a la citada fecha.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, si la
solicitud de iniciación no reúne los requisitos que señala el artículo 66, y, en su caso, los que
señala el artículo 67 u otros exigidos por la legislación específica aplicable, se requerirá al
interesado para que, en un plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos
preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición,
previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 21.
3. Los documentos que obligatoriamente deben acompañar a la solicitud son:
a) Fotocopia del libro de familia o de la documentación oficial acreditativa de los
miembros de la unidad familiar (certificado de convivencia).
b) Copia de la matrícula formalizada y/o certificado del centro escolar con sede en El
Gordo y Navalmoral de la Mata, donde se indique el nombre del centro, el nombre y
apellidos del/a alumnos/as y el curso en el que se encuentra matriculado/a para el curso
escolar 2023/2024.
c) Fotocopia del escrito de ayudas recibidas, en su caso, para la compra de libros de
texto y material didáctico escolar o certificado de la dirección del colegio que acredite la
ayuda recibida o de lo contrario que no se han recibido ayudas.
d) Copias de facturas del gasto realizado.
4. Finalizado el periodo de presentación de solicitudes y revisadas las mismas, se elaborará un
listado de solicitantes admitidos y otro de solicitantes excluidos, especificando el motivo de la
exclusión. Los excluidos dispondrán de un plazo de cinco días hábiles a partir del día siguiente
a la publicación de las listas para su subsanación; si transcurrido dicho plazo no se ha
subsanado, se tendrá por desistida la solicitud. Las listas se publicaran en el Tablón de Edictos
del Ayuntamiento.
El que la solicitud haya sido admitida, no supone necesariamente la condición de beneficiario,
condición que se obtendrá únicamente con la resolución de esta convocatoria, tal y como está
previsto en el artículo 6º.
CVE:
BOP-2023-6087
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 11 de octubre de 2023
N.º 0194
Pág. 26775
contar desde el siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la
Provincia. Si el último día de presentación de solicitudes fuera sábado o domingo, se entenderá
automáticamente prorrogado el plazo hasta el lunes inmediatamente posterior a la citada fecha.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, si la
solicitud de iniciación no reúne los requisitos que señala el artículo 66, y, en su caso, los que
señala el artículo 67 u otros exigidos por la legislación específica aplicable, se requerirá al
interesado para que, en un plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos
preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición,
previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 21.
3. Los documentos que obligatoriamente deben acompañar a la solicitud son:
a) Fotocopia del libro de familia o de la documentación oficial acreditativa de los
miembros de la unidad familiar (certificado de convivencia).
b) Copia de la matrícula formalizada y/o certificado del centro escolar con sede en El
Gordo y Navalmoral de la Mata, donde se indique el nombre del centro, el nombre y
apellidos del/a alumnos/as y el curso en el que se encuentra matriculado/a para el curso
escolar 2023/2024.
c) Fotocopia del escrito de ayudas recibidas, en su caso, para la compra de libros de
texto y material didáctico escolar o certificado de la dirección del colegio que acredite la
ayuda recibida o de lo contrario que no se han recibido ayudas.
d) Copias de facturas del gasto realizado.
4. Finalizado el periodo de presentación de solicitudes y revisadas las mismas, se elaborará un
listado de solicitantes admitidos y otro de solicitantes excluidos, especificando el motivo de la
exclusión. Los excluidos dispondrán de un plazo de cinco días hábiles a partir del día siguiente
a la publicación de las listas para su subsanación; si transcurrido dicho plazo no se ha
subsanado, se tendrá por desistida la solicitud. Las listas se publicaran en el Tablón de Edictos
del Ayuntamiento.
El que la solicitud haya sido admitida, no supone necesariamente la condición de beneficiario,
condición que se obtendrá únicamente con la resolución de esta convocatoria, tal y como está
previsto en el artículo 6º.
CVE:
BOP-2023-6087
Verificable
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Miércoles, 11 de octubre de 2023
N.º 0194
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