Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2023-5981)
BOP-2023-5981 Bases que han de regir la concesión de subvenciones para el desarrollo y fomento de la actividad deportiva en la ciudad de Cáceres, temporada 2022/23. Deporte Base.
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B) Dificultad de ejecutarse la actividad sin la subvención. Hasta un máximo de
400 puntos.
1- Por cada licencia deportiva acreditada de deportistas incluidos en
equipos de ámbito nacional, con desplazamientos certificados en liga regular
fuera de la autonomía……………………………………………..……. 14 puntos.
Se acreditará mediante certificado de la federación deportiva
correspondiente en que se indique el nombre del equipo, categoría, número de
deportistas que lo integran y que durante el periodo exclusivamente de la LIGA
REGULAR el equipo ha tenido desplazamientos fuera de la comunidad
autónoma. Se acompañará el calendario federativo oficial de la liga regular en
la temporada objeto de subvención. Se presentarán tantos certificados y
calendarios como equipos cumplan este criterio de valoración.
2- Por cada licencia deportiva acreditada de deportistas incluidos en
equipos de ámbito autonómico, con desplazamientos certificados en
competición regular fuera de la provincia……….………………….….... 1 punto.
Se acreditará mediante certificado de la federación deportiva
correspondiente en que se indique el nombre del equipo, categoría, número de
deportistas que lo integran y que durante el periodo exclusivamente de la LIGA
REGULAR el equipo ha tenido desplazamientos fuera de la provincia de
Cáceres. Se acompañará el calendario federativo de la liga regular. Se
presentarán tantos certificados y calendarios como equipos cumplan este
criterio de valoración.
3- Por cada licencia deportiva de deportistas individuales, federados en
cualquiera de las modalidades deportivas relacionadas en Mod. 503 (anexo IV)
de estas bases………………………………….................. 0,3 puntos.
Se acreditará mediante certificado de la federación deportiva
correspondiente Mod. 502 (anexo III).
4- Por cada licencia deportiva certificada por federaciones de deporte de
personas con discapacidad .………………………….…. 0,4 puntos.
Se acreditará mediante certificado de la federación deportiva
correspondiente Mod. 502 (anexo III).
C) Fomento de la Igualdad de género en el deporte. Hasta un máximo de 100
puntos.
1) Modalidad “A”. Se acreditará mediante certificado de la Federación
deportiva correspondiente según datos de género para esta modalidad en el
Mod. 502 (anexo III).
- Impulso y fomento de la igualdad de género en la totalidad de licencias
deportivas presentadas por la entidad, para la obtención de subvención,
entendiendo por igualdad, que las licencias femeninas o masculinas no
superen el 55% de unas respecto a otras…………… 0,1 punto por
cada licencia del genero de menor porcentaje.
CVE:
BOP-2023-5981
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 6 de octubre de 2023
N.º 0191
Pág. 26470
400 puntos.
1- Por cada licencia deportiva acreditada de deportistas incluidos en
equipos de ámbito nacional, con desplazamientos certificados en liga regular
fuera de la autonomía……………………………………………..……. 14 puntos.
Se acreditará mediante certificado de la federación deportiva
correspondiente en que se indique el nombre del equipo, categoría, número de
deportistas que lo integran y que durante el periodo exclusivamente de la LIGA
REGULAR el equipo ha tenido desplazamientos fuera de la comunidad
autónoma. Se acompañará el calendario federativo oficial de la liga regular en
la temporada objeto de subvención. Se presentarán tantos certificados y
calendarios como equipos cumplan este criterio de valoración.
2- Por cada licencia deportiva acreditada de deportistas incluidos en
equipos de ámbito autonómico, con desplazamientos certificados en
competición regular fuera de la provincia……….………………….….... 1 punto.
Se acreditará mediante certificado de la federación deportiva
correspondiente en que se indique el nombre del equipo, categoría, número de
deportistas que lo integran y que durante el periodo exclusivamente de la LIGA
REGULAR el equipo ha tenido desplazamientos fuera de la provincia de
Cáceres. Se acompañará el calendario federativo de la liga regular. Se
presentarán tantos certificados y calendarios como equipos cumplan este
criterio de valoración.
3- Por cada licencia deportiva de deportistas individuales, federados en
cualquiera de las modalidades deportivas relacionadas en Mod. 503 (anexo IV)
de estas bases………………………………….................. 0,3 puntos.
Se acreditará mediante certificado de la federación deportiva
correspondiente Mod. 502 (anexo III).
4- Por cada licencia deportiva certificada por federaciones de deporte de
personas con discapacidad .………………………….…. 0,4 puntos.
Se acreditará mediante certificado de la federación deportiva
correspondiente Mod. 502 (anexo III).
C) Fomento de la Igualdad de género en el deporte. Hasta un máximo de 100
puntos.
1) Modalidad “A”. Se acreditará mediante certificado de la Federación
deportiva correspondiente según datos de género para esta modalidad en el
Mod. 502 (anexo III).
- Impulso y fomento de la igualdad de género en la totalidad de licencias
deportivas presentadas por la entidad, para la obtención de subvención,
entendiendo por igualdad, que las licencias femeninas o masculinas no
superen el 55% de unas respecto a otras…………… 0,1 punto por
cada licencia del genero de menor porcentaje.
CVE:
BOP-2023-5981
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 6 de octubre de 2023
N.º 0191
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