Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Plasencia. (BOP-2023-5759)
BOP-2023-5759 Bases reguladoras y convocatoria de las subvenciones destinadas a ayudas individualizadas de transporte, para el curso 2023/2024.
14 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
- Evaluación de las solicitudes presentadas según Renta per cápita de conformidad con la
presente convocatoria, haciendo la correspondiente propuesta de Resolución provisional y
definitiva a la Junta de Gobierno. Las becas serán concedidas a las unidades cuya renta per
Cápita sea menor por lo que el listado será ordenado de menor a mayor renta per cápita,
excluyendo las que superen el límite establecido.
El órgano colegiado al que se refiere el artículo 16 de la Ordenanza por la que se regula el
Régimen General de Subvenciones del Ayuntamiento de Plasencia, estará integrado de la
siguiente forma:
- Presidente: Concejal Delegado de Familia.
- Vocal: Concejala Delegada de Igualdad y Mayores.
- Vocal: Concejal Delegado de Hacienda.
- Vocal: Jefa de Negociado de Servicios Sociales o técnico del Programa de Familia.
- Secretario: El Secretario General del Ayuntamiento o empleado/a publico/a en quien delegue
La resolución de los procedimientos de concesión exigirá, en todo caso, informe del órgano
colegiado referido anteriormente, así como la formulación de la oportuna propuesta de
resolución provisional y definitiva por parte de la Instructora.
Los actos administrativos que se dicten en relación con esta convocatoria, serán objeto de
publicación en el tablón de anuncios de la Corporación, notificándose directamente a los
interesados en la forma establecida en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
La resolución del procedimiento pondrá fin a la vía administrativa.
Una vez evaluadas las solicitudes, la Comisión Informativa de Familia, Igualdad y Accesibilidad,
deberá emitir informe en el que se concrete el resultado de la evaluación efectuada.
El órgano instructor, a la vista del expediente y del informe del órgano colegiado, formulará la
propuesta de resolución provisional la cual se expondrá en el Tablón de Anuncios del Excmo.
Ayuntamiento. Se darán 10 días para presentar alegaciones.
Examinadas las alegaciones aducidas en su caso por los interesados, se formulará la
propuesta de resolución definitiva, que deberá expresar el solicitante o la relación de
solicitantes para los que se propone la concesión de la subvención, y su cuantía, especificando
su evaluación y los criterios de valoración seguidos para efectuarla.
CVE:
BOP-2023-5759
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 27 de septiembre de 2023
N.º 0184
Pág. 25686
presente convocatoria, haciendo la correspondiente propuesta de Resolución provisional y
definitiva a la Junta de Gobierno. Las becas serán concedidas a las unidades cuya renta per
Cápita sea menor por lo que el listado será ordenado de menor a mayor renta per cápita,
excluyendo las que superen el límite establecido.
El órgano colegiado al que se refiere el artículo 16 de la Ordenanza por la que se regula el
Régimen General de Subvenciones del Ayuntamiento de Plasencia, estará integrado de la
siguiente forma:
- Presidente: Concejal Delegado de Familia.
- Vocal: Concejala Delegada de Igualdad y Mayores.
- Vocal: Concejal Delegado de Hacienda.
- Vocal: Jefa de Negociado de Servicios Sociales o técnico del Programa de Familia.
- Secretario: El Secretario General del Ayuntamiento o empleado/a publico/a en quien delegue
La resolución de los procedimientos de concesión exigirá, en todo caso, informe del órgano
colegiado referido anteriormente, así como la formulación de la oportuna propuesta de
resolución provisional y definitiva por parte de la Instructora.
Los actos administrativos que se dicten en relación con esta convocatoria, serán objeto de
publicación en el tablón de anuncios de la Corporación, notificándose directamente a los
interesados en la forma establecida en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
La resolución del procedimiento pondrá fin a la vía administrativa.
Una vez evaluadas las solicitudes, la Comisión Informativa de Familia, Igualdad y Accesibilidad,
deberá emitir informe en el que se concrete el resultado de la evaluación efectuada.
El órgano instructor, a la vista del expediente y del informe del órgano colegiado, formulará la
propuesta de resolución provisional la cual se expondrá en el Tablón de Anuncios del Excmo.
Ayuntamiento. Se darán 10 días para presentar alegaciones.
Examinadas las alegaciones aducidas en su caso por los interesados, se formulará la
propuesta de resolución definitiva, que deberá expresar el solicitante o la relación de
solicitantes para los que se propone la concesión de la subvención, y su cuantía, especificando
su evaluación y los criterios de valoración seguidos para efectuarla.
CVE:
BOP-2023-5759
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 27 de septiembre de 2023
N.º 0184
Pág. 25686