Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Trujillo. (BOP-2023-5609)
BOP-2023-5609 Plan de Integridad y de Medidas Antifraude.
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Así, este Ayuntamiento, por su condición de entidad ejecutora o como ente instrumental, según
corresponda, de proyectos financiados con fondos del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia, aprueba el Plan de Integridad y Medidas Antifraude cuyo contenido figura a
continuación.
2. OBJETIVO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN.
El presente Plan tiene como objetivo establecer los principios y las normas que serán de
aplicación y observancia en materia antifraude, anticorrupción y a fin de evitar los conflictos de
intereses en relación con los fondos provenientes del Mecanismo para la Recuperación y la
Resiliencia.
Para ello, se promoverá una cultura que ejerza un efecto disuasorio para cualquier tipo de
actividad fraudulenta, haciendo posible su prevención y detección, y desarrollando unos
procedimientos que faciliten la investigación del fraude y de los delitos relacionados con el
mismo, que permitan garantizar que tales casos se abordan de forma adecuada y en el
momento preciso.
Este plan se estructura en torno a los cuatro elementos clave del denominado ciclo antifraude:
prevención, detección, corrección y persecución y será de aplicación a todos los órganos y a
todo el personal que intervengan en la gestión de fondos provenientes del Mecanismo para la
Recuperación y Resiliencia.
3. GLOSARIO DE LAS NOCIONES DE IRREGULARIDAD ADMINISTRATIVO, FRAUDE,
CORRUPCIÓN, MALVERSACIÓN Y CONFLICTO DE INTERESES.
Son de aplicación al presente Plan, en lo que afecta respectivamente a las nociones de
irregularidad administrativa, de fraude, corrupción, malversación y conflictos de intereses, las
definiciones contenidas en las siguientes disposiciones normativas de la Unión Europea:
- Reglamento (Euratom) 2988/95 del Consejo, de 18 de diciembre de 1995, relativo a los
controles en los países de la UE y la imposición de sanciones en caso de irregularidades
por lo que respecta a las irregularidades administrativas (artículo 1.2).
- Directiva (UE) 2017/1371, sobre la lucha contra el fraude que afecta a los intereses
financieros de la Unión (Directiva PIF), en lo que afecta a la definición normativa de
CVE:
BOP-2023-5609
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 14 de septiembre de 2023
N.º 0175
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