Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Madroñera. (BOP-2023-5596)
BOP-2023-5596 Bases y Convocatoria para la constitución de una Bolsa de Trabajo de Oficial de 1ª del Centro Especial de Empleo "El Madroño."
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CENTRO ESPECIAL DE EMPLEO “EL MADROÑO”
Q-1000513-J
Calle Real s/n, C.P. 10210 – Madroñera (Cáceres)
Tlfn.: 927 31 91 92 / Fax.: 927 31 91 16
domicilio facilitado, por una sola vez, concediendo un plazo máximo de dos
días hábiles desde la recepción de la notificación para personarse en las
Oficinas Municipales al objeto de aceptar o rechazar el puesto de trabajo
ofertado.
En el caso de no resultar localizado o no conste de manera fehaciente en los
términos previstos en la Ley 39/2015 de 1 de Octubre, del Procedimiento
Administrativo Común, que el interesado haya aceptado o renunciado al
puesto de trabajo ofertado una vez transcurrido el plazo de dos días hábiles
concedido desde la notificación efectuada al teléfono móvil facilitado en la
solicitud de participación en la bolsa de trabajo o el escrito al domicilio
facilitada, quedará automáticamente excluido de la Bolsa de Trabajo,
ofertándose el contrato de trabajo, en este caso, al siguiente aspirante de la
lista siguiendo el mismo procedimiento.
Los datos que figuran en la solicitud presentada se consideran válidos a
efectos de llamamiento y notificación, siendo responsabilidad del interesado
el error en su consignación, debiendo comunicar en el Registro General de
Documentos del CENTRO ESPECIAL DE EMPLEO “EL MADROÑO” cualquier
variación de los mismos.
2º Procedimiento urgente: En los casos de cobertura urgente debidamente
motivada se realizará la notificación mediante el envío de un SMS al
teléfono móvil facilitado debiendo presentarse en las Oficinas Municipales al
objeto de aceptar o rechazar el puesto de trabajo de manera fehaciente en
el plazo de dos horas.
En el caso de no resultar localizado el interesado o renunciase al puesto de
trabajo ofertado, se ofertará el puesto de trabajo al siguiente aspirante de la
lista siguiendo el mismo procedimiento. En este caso, se mantendrá al
aspirante de la lista no localizado, en el mismo lugar de la bolsa de trabajo,
al deberse a un supuesto de urgencia debidamente motivado. En el caso de
renuncia al puesto de trabajo ofertado conllevará la exclusión automática de
la bolsa de trabajo.
Si no hubiera ninguna bolsa de trabajo vigente, y con carácter excepcional,
se procederá de conformidad con el artículo 48.7 de la Ley 4/2011 de 10 de
marzo, del Empleo Público de Cáceres, que establece: “En los casos en que
se agoten las bolsas correspondientes y razones de urgencia u otras
circunstancias excepcionales impidan constituir una bolsa de trabajo
conforme a los apartados anteriores, las Administraciones Públicas de
Cáceres pueden recurrir al Servicio Público de Empleo de Cáceres para
realizar una preselección de personas aspirantes, las cuales se
seleccionaran mediante concurso público de acuerdo con los criterios que se
establezcan reglamentariamente. El personal seleccionado por este
procedimiento no puede incorporarse a ninguna bolsa de trabajo cuando
cese”. En este caso, será preciso reunir los requisitos de acceso exigidos en
la presente convocatoria.
Cód.
Validación:
3XK5EREZKRW7KJFRMNTDPLENT
Verificación:
https://madronera.sedelectronica.es/
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BOP-2023-5596
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Jueves, 14 de septiembre de 2023
N.º 0175
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