Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Portaje. (BOP-2023-5374)
BOP-2023-5374 Bases Reguladoras para la concesión de ayudas por nacimiento o adopción.
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reguladora de subvenciones del Ayuntamiento de Portaje, y la ordenanza reguladora de ayudas
por natalidad la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, la Ley 38/2003 General de Subvenciones.
DUODÉCIMA. REVOCACIÓN.
La falsedad de alguno de los datos en los documentos requeridos implicará la revocación
inmediata de la subvención, sin perjuicio de que se inicien aquellas otras medidas legales que
se estimen oportunas.
Será motivo de revocación de dicha ayuda:
- La alteración de las circunstancias alegadas que motivaron su concesión.
- Ocultación de datos o documentos.
Procederá el reintegro de las cantidades percibidas y la exigencia del interés de demora desde
el momento del pago de la subvención en los siguientes casos:
- Obtener la subvención sin reunir las condiciones requeridas para ello.
- El/a beneficiario/a haya omitido sus obligaciones.
- El incumplimiento de cualquiera de las condiciones previstas en las presentes bases
reguladoras de la subvención.
DECIMOTERCERA. INTERPRETACIÓN.
Para todas aquellas cuestiones no contempladas en las presentes Bases y la interpretación de
las dudas que puedan surgir en su aplicación será competente el órgano con facultades para
aprobar las mismas, esto es la Presidencia, que queda autorizado para dictar aquellos actos
que sean precisos para su desarrollo.
DECIMOCUARTA. EFICACIA.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso
de reposición ante el/a Sr/a. Alcalde/sa, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente
al de la publicación de la presente resolución, en virtud de lo dispuesto en los artículos 121 y
122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo Común de las
Administraciones Públicas. Todo ello sin perjuicio de que los/as interesados/as puedan
interponer cualquier otro recurso que estime oportuno, según el artículo 88.3 de la Ley 39/2015,
CVE:
BOP-2023-5374
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 28 de agosto de 2023
N.º 0163
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