Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Morcillo. (BOP-2023-4559)
BOP-2023-4559 Dedicación y Régimen retributivo miembros de la Corporación.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Morcillo
EDICTO. Dedicación y Régimen retributivo miembros de la Corporación.
Examinado el expediente tramitado para determinar las retribuciones, indemnizaciones y
asistencias, que por razón del ejercicio del cargo, corresponde percibir a los/as miembros de la
Corporación, con fundamento en lo establecido en los artículos 75.5 de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y 13 del R.O.F., la Alcaldía propone a la
Corporación Municipal, aprobar el reconocimiento de dedicación parcial a alguno de sus
miembros.
Previa deliberación sobre el particular y teniendo en cuenta que podrá reconocerse dedicación
parcial a aquellos/as miembros de las Corporaciones Locales que desarrollen funciones de
presidencia, vicepresidencia u ostenten delegaciones especiales o responsabilidades que así lo
requieran, cuyos acuerdos de determinación de los cargos que tengan esta dedicación y las
retribuciones de los mismos deberán contener el régimen de dedicación mínima necesaria, y
sometido a votación ordinaria el asunto de referencia, por el resultado de mayoría absoluta
legal del número de miembros de la Entidad Local, seis votos a favor (grupo PSOE) y uno en
contra (grupo PP), de los siete Concejales/as presentes, del total de los/as 7 miembros que, de
Derecho, conforman el PLENO del Ayuntamiento, se acuerda:
PRIMERO.- APROBAR la siguiente relación de cargos corporativos a desempeñar en régimen
de DEDICACIÓN PARCIAL:
SRA. ALCALDESA-PRESIDENTA.
SEGUNDO.- FIJAR la cuantía y régimen de retribuciones a percibir por los/as miembros de la
Corporación que desempeñen los anteriores cargos, en los términos siguientes:
Cargo.- Importe anual (14 pagas).
Alcaldesa-Presidenta: 21.168,00 euros de sueldo bruto anual.
La percepción de estas retribuciones es compatible con el ejercicio de otras actividades
retributivas, públicas o privadas, en los términos previstos por el artículo 75 de la Ley 7/1985,
CVE:
BOP-2023-4559
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 12 de julio de 2023
N.º 0131
Pág. 21690
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Morcillo
EDICTO. Dedicación y Régimen retributivo miembros de la Corporación.
Examinado el expediente tramitado para determinar las retribuciones, indemnizaciones y
asistencias, que por razón del ejercicio del cargo, corresponde percibir a los/as miembros de la
Corporación, con fundamento en lo establecido en los artículos 75.5 de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y 13 del R.O.F., la Alcaldía propone a la
Corporación Municipal, aprobar el reconocimiento de dedicación parcial a alguno de sus
miembros.
Previa deliberación sobre el particular y teniendo en cuenta que podrá reconocerse dedicación
parcial a aquellos/as miembros de las Corporaciones Locales que desarrollen funciones de
presidencia, vicepresidencia u ostenten delegaciones especiales o responsabilidades que así lo
requieran, cuyos acuerdos de determinación de los cargos que tengan esta dedicación y las
retribuciones de los mismos deberán contener el régimen de dedicación mínima necesaria, y
sometido a votación ordinaria el asunto de referencia, por el resultado de mayoría absoluta
legal del número de miembros de la Entidad Local, seis votos a favor (grupo PSOE) y uno en
contra (grupo PP), de los siete Concejales/as presentes, del total de los/as 7 miembros que, de
Derecho, conforman el PLENO del Ayuntamiento, se acuerda:
PRIMERO.- APROBAR la siguiente relación de cargos corporativos a desempeñar en régimen
de DEDICACIÓN PARCIAL:
SRA. ALCALDESA-PRESIDENTA.
SEGUNDO.- FIJAR la cuantía y régimen de retribuciones a percibir por los/as miembros de la
Corporación que desempeñen los anteriores cargos, en los términos siguientes:
Cargo.- Importe anual (14 pagas).
Alcaldesa-Presidenta: 21.168,00 euros de sueldo bruto anual.
La percepción de estas retribuciones es compatible con el ejercicio de otras actividades
retributivas, públicas o privadas, en los términos previstos por el artículo 75 de la Ley 7/1985,
CVE:
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Verificable
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Miércoles, 12 de julio de 2023
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