Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Montánchez. (BOP-2023-4520)
BOP-2023-4520 Creación de la Junta de Gobierno Local, delegación de competencias del Pleno y fijación indemnización asistencia.
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
k) La declaración de lesividad de los actos del Ayuntamiento.
m) La concertación de las operaciones de crédito cuya cuantía acumulada, dentro de
cada ejercicio económico, exceda del 10 por ciento de los recursos ordinarios del
Presupuesto -salvo las de tesorería, que le corresponderán cuando el importe
acumulado de las operaciones vivas en cada momento supere el 15 por ciento de los
ingresos corrientes liquidados en el ejercicio anterior- todo ello de conformidad con lo
dispuesto en la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
ñ) La aprobación de los proyectos de obras y servicios cuando sea competente para su
contratación o concesión, y cuando aún no estén previstos en los presupuestos.
QUINTO. Publicar el acuerdo de delegación en el Boletín Oficial de la Provincia, cursando
efecto a partir del día siguiente al de su adopción.
SEXTO. Dar cuenta a la Junta de Gobierno Local de este acuerdo en la próxima sesión que se
celebre.
SÉPTIMO. Fijar una indemnización por asistencia a sus sesiones de 30,00€/ sesión y
concejal/a y publicar la misma en el B.O.P.>>
Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer
alternativamente recurso de reposición potestativo ante el pleno de este Ayuntamiento, en el
plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de
conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso
contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Cáceres, en el
plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio,
de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no
podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto
expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.
CVE:
BOP-2023-4520
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 11 de julio de 2023
N.º 0130
Pág. 21609