Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2023-3948)
BOP-2023-3948 Plan disposición de fondos.
<< 4 << Página 4
Página 5 Pág. 5
-
5 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Documento firmado electrónicamente (RD 203/2021). La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el
CSV: 14614205313361275423 en http://sede.caceres.es
ajustarán la programación de órdenes de pago de cualesquiera otras obligaciones de pago, a fin de
dotar de oportuna cobertura a dichos gastos prioritarios al menos en un período trimestral.
TERCERA.- Las obligaciones que deriven del reconocimiento de intereses de demora tendrán la
misma prioridad otorgada al gasto del que deriven.
CUARTO.- Quedarán excluidos de la prelación establecida los siguientes tipos de pagos:
 Pagos en formalización, porque no hay manejo de fondos de efectivo.
 Pagos a justificar y anticipos de caja fija, porque son de escaso importe y precisan su
inmediato pago incluso antes de la tramitación del gasto correspondiente.
 Pagos en que se haya convenido por órgano competente un determinado calendario
de pago, de manera que se atenderán dichos pagos a sus correspondientes
vencimientos.
 Los movimientos internos de tesorería porque no suponen una salida de fondos de la
Tesorería, sino sólo el traspaso entre ordinales de la propia Tesorería
QUINTA.- Se considerará que no altera el orden de prelación establecido los impagos que sean
debidos a causa imputable a los terceros interesados.
DISPOSICIÓN FINAL
El presente Plan de Disposición de Fondos es una Disposición de carácter general y será
publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres, entrando en vigor al día siguiente de su
publicación. Se mantendrá en vigor en tanto no se modifique o derogue y, asimismo será publicado
en la web del Ayuntamiento de Cáceres.
Contra el mismo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en los términos,
forma y plazos previstos en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA
El presente Plan de Disposición de Fondos deroga expresamente el anterior Plan de
Disposición de Fondos aprobado en la anterior Corporación y publicado en el BOP de Cáceres de 3 de
julio 2019.”
CVE:
BOP-2023-3948
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 28 de junio de 2023
N.º 0121
Pág. 20064