Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Jarandilla de la Vera. (BOP-2023-3791)
BOP-2023-3791 Bases convocatoria puesto de Animador/a Sociocultural.
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c) Declaración jurada o promesa de no padecer enfermedad o defecto físico que impida
el desempeño de las correspondientes funciones, debiendo poseer la capacidad
funcional necesaria para el desempeño normal del puesto de trabajo a ocupar.
d) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado/a mediante expediente
disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los
Órganos Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en
inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial,
para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las
que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado/a o
inhabilitado/a. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado/a o en
situación equivalente ni haber sido sometido/a a sanción disciplinaria o equivalente que
impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público. Los/as
aspirantes extranjeros/as deberán aportar, en su caso, la documentación acreditativa de
que concurren las circunstancias previstas en el artículo 57 TREBEP que les permiten
participar en las pruebas. La documentación en idioma distinto del español deberá
presentarse acompañada de su traducción jurada.
e) Experiencia laboral: Fotocopias de los contratos o certificados de empresa, además
se deberá acompañar el informe de Vida Laboral actualizada (considerando actualizada
de un mes anterior a la fecha de inicio de la convocatoria).
f) Formación Complementaria: Fotocopias de cursos.
g) Proyecto de Dinamización para la Casa de Cultura.
La fecha límite para la alegación de los méritos (Formación y Experiencia Laboral) y la
presentación de los documentos relativos a los mismos será la de la finalización del plazo de
presentación de solicitudes.
Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará resolución declarando
aprobada la lista provisional de admitidos/as y excluidos/as. En dicha resolución, que se
publicará en la sede electrónica y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, se señalará un
plazo de dos días hábiles para subsanación.
Transcurrido el plazo de subsanación, por la Alcaldía se aprobará la lista definitiva de
aspirantes admitidos/as y excluidos/as, que se publicará en la sede electrónica y en el tablón
de anuncios del Ayuntamiento y se designará el día para la defensa del proyecto.
CVE:
BOP-2023-3791
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 20 de junio de 2023
N.º 0115
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