Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Carcaboso. (BOP-2023-3748)
BOP-2023-3748 Aprobación definitiva de la Ordenanza Fiscal reguladora de instalaciones y locales municipales.
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- Número de destinatarios/as de la actividad.
- Duración temporal de la cesión.
Cualquier uso de los edificios, locales e instalaciones municipales estará supeditado al
funcionamiento habitual de los servicios públicos y de las actividades propias a desarrollar en el
edificio, local o instalación.
La resolución podrá imponer condiciones particulares en relación al aforo máximo permitido,
restricciones al acceso de menores o limitaciones derivadas de la normativa vigente en materia
de espectáculos públicos y actividades recreativas.
ARTÍCULO 10. Comprobación Municipal del Uso Adecuado.
Concluido el uso de edificio local municipal, los usuarios comunicarán al Ayuntamiento esta
circunstancia. El Ayuntamiento podrá practicar cuantas comprobaciones considere oportunas a
los efectos del cumplimiento de las obligaciones de los/as usuarios/as establecidas en esta
Ordenanza y demás legislación vigente.
Comprobado el cumplimiento por los usuarios de las obligaciones establecidas, la inexistencia
de daños y perjuicios y la no procedencia de imposición de sanciones, el Ayuntamiento
procederá a exigir las responsabilidades a que hubiere lugar.
ARTÍCULO 11. Gastos Ajenos al Uso Público de los Locales.
Cualquier gasto añadido a la cesión del local, edificio o instalación municipal, y que se
relacione con el tipo de actividad correrán a cargo del/a solicitante, en concreto:
- Megafonía, publicidad, proyecciones, pago a conferenciantes, adornos y otros
análogos.
- Cualquier otro gasto añadido, cuando se trate de celebraciones privadas.
- Gastos por la limpieza de los locales municipales, instalaciones o edificios.
TÍTULO III. RESPONSABILIDADES, INFRACCIONES Y SANCIONES
ARTÍCULO 12. Responsabilidades.
Los/as usuarios/as de los edificios, locales e instalaciones municipales objeto de utilización,
responderán de los daños y perjuicios que por su dolo o negligencia se ocasiones en los
mismos. Si fueren varios/as los/as ocupantes, todos/as ellos/as responderán conjunta y
CVE:
BOP-2023-3748
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 15 de junio de 2023
N.º 0112
Pág. 19060
- Duración temporal de la cesión.
Cualquier uso de los edificios, locales e instalaciones municipales estará supeditado al
funcionamiento habitual de los servicios públicos y de las actividades propias a desarrollar en el
edificio, local o instalación.
La resolución podrá imponer condiciones particulares en relación al aforo máximo permitido,
restricciones al acceso de menores o limitaciones derivadas de la normativa vigente en materia
de espectáculos públicos y actividades recreativas.
ARTÍCULO 10. Comprobación Municipal del Uso Adecuado.
Concluido el uso de edificio local municipal, los usuarios comunicarán al Ayuntamiento esta
circunstancia. El Ayuntamiento podrá practicar cuantas comprobaciones considere oportunas a
los efectos del cumplimiento de las obligaciones de los/as usuarios/as establecidas en esta
Ordenanza y demás legislación vigente.
Comprobado el cumplimiento por los usuarios de las obligaciones establecidas, la inexistencia
de daños y perjuicios y la no procedencia de imposición de sanciones, el Ayuntamiento
procederá a exigir las responsabilidades a que hubiere lugar.
ARTÍCULO 11. Gastos Ajenos al Uso Público de los Locales.
Cualquier gasto añadido a la cesión del local, edificio o instalación municipal, y que se
relacione con el tipo de actividad correrán a cargo del/a solicitante, en concreto:
- Megafonía, publicidad, proyecciones, pago a conferenciantes, adornos y otros
análogos.
- Cualquier otro gasto añadido, cuando se trate de celebraciones privadas.
- Gastos por la limpieza de los locales municipales, instalaciones o edificios.
TÍTULO III. RESPONSABILIDADES, INFRACCIONES Y SANCIONES
ARTÍCULO 12. Responsabilidades.
Los/as usuarios/as de los edificios, locales e instalaciones municipales objeto de utilización,
responderán de los daños y perjuicios que por su dolo o negligencia se ocasiones en los
mismos. Si fueren varios/as los/as ocupantes, todos/as ellos/as responderán conjunta y
CVE:
BOP-2023-3748
Verificable
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Jueves, 15 de junio de 2023
N.º 0112
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