Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Carcaboso. (BOP-2023-3748)
BOP-2023-3748 Aprobación definitiva de la Ordenanza Fiscal reguladora de instalaciones y locales municipales.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Carcaboso
ANUNCIO. Aprobación definitiva de la Ordenanza Fiscal reguladora de
instalaciones y locales municipales.
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda
automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional de 30 de marzo de 2023
de aprobación de Ordenanza Fiscal reguladora de instalaciones y locales municipales y de la
tasa por la utilización temporal de los mismos, cuyo texto íntegro se hace público en
cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
“TÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES
Es fundamento legal de la presente Ordenanza la potestad que reconoce el artículo 84 de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, que establece que las
Entidades Locales podrán intervenir en la actividad de los ciudadanos a través de las
Ordenanzas y los Bandos.
En cumplimiento del mismo, y siguiendo el procedimiento del artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2
de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, se acuerda establecer la presente
Ordenanza que regule el uso temporal o esporádico de edificios, locales e instalaciones
municipales de carácter público por particulares, empresas y asociaciones.
Asimismo en uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución
y por el artículo 106 de la Ley 7/1985, de 2 de Abril, Reguladora de las Bases de Régimen
Local, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 15 a 27 del Real Decreto Legislativo
2/2004, de 5 de marzo, por el que aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales, este Ayuntamiento establece la Tasa por utilización privativa, esporádica o
temporal, de locales públicos municipales que se regulará por la presente Ordenanza,
redactada conforme a lo dispuesto en el artículo 57 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5
de marzo que aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
CVE:
BOP-2023-3748
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 15 de junio de 2023
N.º 0112
Pág. 19055
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Carcaboso
ANUNCIO. Aprobación definitiva de la Ordenanza Fiscal reguladora de
instalaciones y locales municipales.
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda
automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional de 30 de marzo de 2023
de aprobación de Ordenanza Fiscal reguladora de instalaciones y locales municipales y de la
tasa por la utilización temporal de los mismos, cuyo texto íntegro se hace público en
cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
“TÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES
Es fundamento legal de la presente Ordenanza la potestad que reconoce el artículo 84 de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, que establece que las
Entidades Locales podrán intervenir en la actividad de los ciudadanos a través de las
Ordenanzas y los Bandos.
En cumplimiento del mismo, y siguiendo el procedimiento del artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2
de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, se acuerda establecer la presente
Ordenanza que regule el uso temporal o esporádico de edificios, locales e instalaciones
municipales de carácter público por particulares, empresas y asociaciones.
Asimismo en uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución
y por el artículo 106 de la Ley 7/1985, de 2 de Abril, Reguladora de las Bases de Régimen
Local, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 15 a 27 del Real Decreto Legislativo
2/2004, de 5 de marzo, por el que aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales, este Ayuntamiento establece la Tasa por utilización privativa, esporádica o
temporal, de locales públicos municipales que se regulará por la presente Ordenanza,
redactada conforme a lo dispuesto en el artículo 57 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5
de marzo que aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
CVE:
BOP-2023-3748
Verificable
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http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 15 de junio de 2023
N.º 0112
Pág. 19055