Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cabrero. (BOP-2023-3747)
BOP-2023-3747 Aprobación de Ordenanza Fiscal reguladora del funcionamiento de la pista de pádel municipal y de la tasa por prestación del servicio.
8 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
AYUNTAMIENTO DE CABRERO
5. La reserva podrá hacerse por teléfono o presencialmente en el Ayuntamiento de Cabrero, pero
el abono de la tasa ha de realizarse necesariamente en efectivo en el consistorio y en horario de
oficinas, entregándose a la persona pagadora un ticket como justificante del abono. Tanto la
reserva como el abono han de llevarse a cabo, en todo caso, con carácter previo al uso de las
instalaciones de la pista de pádel municipal.
6. La apertura y el cierre de la pista municipal se hará por parte de la persona designada por el
Ayuntamiento de Cabrero a tal fin, quien acudirá a las instalaciones puntualmente cuando resulte
necesario. Si a la hora de inicio del tramo de 1 hora y 30 minutos no acudiera la persona a cuyo
nombre se realizó la reserva, quien designe el Ayuntamiento de Cabrero esperará 15 minutos su
llegada, pasados los cuales se entenderá cancelada la reserva, pudiéndose marchar la persona
designada por el consistorio y sin que proceda la devolución del importe abonado.
7. En el caso de que, una vez realizada la reserva, la pista no sea utilizada, no se devolverá el
importe abonado, salvo cuando por causas no imputables al sujeto pasivo el servicio público no
se preste.
Artículo 5. Equipamiento.
El equipamiento para acceder a la pista debe ser el adecuado para la práctica del pádel, es decir:
a) Las zapatillas de los/as usuarios/as han de ser apropiadas para la práctica del pádel.
b) Solo se permite el uso de palas y pelotas de pádel, quedando excluidos otros artefactos de
impacto como pueden ser raquetas de tenis, palas de playa, palas de frontón, sticks, pelotas de
tenis, pelotas de frontón, etcétera.
c) La pista está concebida solamente para la práctica de pádel, por lo que cualquier otro juego
está prohibido.
Artículo 6. Responsabilidad del/de la usuario/a.
1. El Ayuntamiento de Cabrero declina toda responsabilidad por las lesiones que se pudieran
derivar de la práctica deportiva en las instalaciones de la pista de pádel municipal. El
Ayuntamiento de Cabrero tampoco se hará responsable de la pérdida, robo o extravío de
cualquier objeto que se deje en las instalaciones de la pista de pádel municipal.
PASEO EL CANCHAL CP 10616 TELÉFONO 927 47 81 52 CIF P-1003700-J
Cód.
Validación:
9SDD9AQ9RHQCFKQFQK3TGNTZG
Verificación:
https://cabrero.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
3
de
7
CVE:
BOP-2023-3747
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 15 de junio de 2023
N.º 0112
Pág. 19050
5. La reserva podrá hacerse por teléfono o presencialmente en el Ayuntamiento de Cabrero, pero
el abono de la tasa ha de realizarse necesariamente en efectivo en el consistorio y en horario de
oficinas, entregándose a la persona pagadora un ticket como justificante del abono. Tanto la
reserva como el abono han de llevarse a cabo, en todo caso, con carácter previo al uso de las
instalaciones de la pista de pádel municipal.
6. La apertura y el cierre de la pista municipal se hará por parte de la persona designada por el
Ayuntamiento de Cabrero a tal fin, quien acudirá a las instalaciones puntualmente cuando resulte
necesario. Si a la hora de inicio del tramo de 1 hora y 30 minutos no acudiera la persona a cuyo
nombre se realizó la reserva, quien designe el Ayuntamiento de Cabrero esperará 15 minutos su
llegada, pasados los cuales se entenderá cancelada la reserva, pudiéndose marchar la persona
designada por el consistorio y sin que proceda la devolución del importe abonado.
7. En el caso de que, una vez realizada la reserva, la pista no sea utilizada, no se devolverá el
importe abonado, salvo cuando por causas no imputables al sujeto pasivo el servicio público no
se preste.
Artículo 5. Equipamiento.
El equipamiento para acceder a la pista debe ser el adecuado para la práctica del pádel, es decir:
a) Las zapatillas de los/as usuarios/as han de ser apropiadas para la práctica del pádel.
b) Solo se permite el uso de palas y pelotas de pádel, quedando excluidos otros artefactos de
impacto como pueden ser raquetas de tenis, palas de playa, palas de frontón, sticks, pelotas de
tenis, pelotas de frontón, etcétera.
c) La pista está concebida solamente para la práctica de pádel, por lo que cualquier otro juego
está prohibido.
Artículo 6. Responsabilidad del/de la usuario/a.
1. El Ayuntamiento de Cabrero declina toda responsabilidad por las lesiones que se pudieran
derivar de la práctica deportiva en las instalaciones de la pista de pádel municipal. El
Ayuntamiento de Cabrero tampoco se hará responsable de la pérdida, robo o extravío de
cualquier objeto que se deje en las instalaciones de la pista de pádel municipal.
PASEO EL CANCHAL CP 10616 TELÉFONO 927 47 81 52 CIF P-1003700-J
Cód.
Validación:
9SDD9AQ9RHQCFKQFQK3TGNTZG
Verificación:
https://cabrero.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
3
de
7
CVE:
BOP-2023-3747
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 15 de junio de 2023
N.º 0112
Pág. 19050