Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Logrosán. (BOP-2023-3730)
BOP-2023-3730 Convocatoria Auxiliar de Animación Turísticas. Turno discapacidad.
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AYUNTAMIENTO DE LOGROSÁN (Cáceres)
C.I.F. P1011200A * Plaza de España, 1 * 10120 * Tlf. 927360022 – Fax 927 360796 -Mail.ayuntamiento@logrosan.es
b) En el caso de aspirantes que hayan concurrido a las pruebas selectivas por tratarse de
cónyuges, o sus descendientes o los/as descendientes del cónyuge, de españoles/as o nacionales
de países miembros de la Unión Europea deberán presentar los documentos expedidos por las
autoridades competentes que acrediten el vínculo de parentesco y una declaración jurada o
promesa del/a español/a o del/a nacional de la Unión Europea con el que existe este vínculo, de
que no está separado/a de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el/a aspirante
vive a sus expensas o está a su cargo.
c) Original del título exigido en las bases primera y segunda de esta convocatoria, o
certificación académica que acredite haber realizado y aprobado los estudios completos necesarios
para la expedición del mismo.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá aportar la documentación
acreditativa de su homologación o convalidación.
Declaración jurada o promesa de no haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del
servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o
estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para
el desempeño de funciones públicas por resolución judicial para el acceso a la escala, subescala,
clase y categoría de funcionario/a en el que hubiese sido separado/a o inhabilitado/a.
Los/as nacionales de otros Estados deberán acreditar igualmente no hallarse inhabilitados/as o en
situación equivalente ni haber sido sometidos/as a sanción disciplinaria o equivalente que impida,
en su Estado, en los mismos términos, el acceso a la función pública.
d) Documentación acreditativa de los restantes requisitos que, en su caso, pudieran exigirse
en cada base específica, que deberá ser compulsada por el Área encargado de la gestión de dicho
proceso selectivo.
10.2. Quienes dentro del plazo indicado en el apartado 1º, y salvo los casos de fuerza
mayor, no presentasen la documentación exigida en las bases de la convocatoria o del examen de
la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos por las mismas o hubieran
incurrido en falsedad en relación con los mismos, no podrá ser nombrados/as personal laboral fijo,
quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en la que pudieran
haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de participación.
UNDÉCIMA. Bolsas de trabajo temporal.
Los procesos de estabilización de empleo temporal que convoque el Ayuntamiento de Logrosán
regulados en la Ley 20/2021 no generarán bolsas de trabajo temporal.
DUODÉCIMA. Protección de datos.
12.1. Por el solo hecho de su participación en el proceso selectivo, los/as aspirantes
prestan su consentimiento para que los datos de carácter personal facilitados por ellos/as sean
incorporados/as al fichero automatizado «Pruebas Selectivas y Bolsas de Trabajo» (descrito en la
Resolución de 28/05/2007, publicada en el BOP n.º 110 de 8 de junio de 2007), una de cuyas
finalidades es la gestión de los procesos de selección de los/as candidatos/as que pretendan
acceder a plazas vacantes, salvo que los/as aspirantes indiquen expresamente no querer que
dicha información se utilice a tales efectos.
12.2. El Ayuntamiento de Logrosán, como responsable del fichero mencionado,
garantizará el pleno cumplimiento de la normativa de protección de datos de carácter personal, y
así, de acuerdo con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales
Cód.
Validación:
7C2F3CAFQ433AAXQL6JSH4TL6
Verificación:
https://logrosan.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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BOP-2023-3730
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 14 de junio de 2023
N.º 0111
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