Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2023-3719)
BOP-2023-3719 Aprobación definitiva Modificación Estatutos Consorcio Cáceres Ciudad Histórica.
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Monumental con sus iglesias, conventos y palacios y la muralla que la rodea, con sus
torres de diferentes tipos y épocas, constituye el legado más importante y característico
del que quiere ocuparse el Consorcio; sin olvidar, tampoco, el ensanche moderno que
fue diseñando un tejido urbano sobre el que posteriormente se desarrolló la ciudad como
hoy la conocemos, rodeada a su vez de un entorno en el que aún se conservan casas
palaciegas y ermitas que es preciso conservar y dar a conocer.
La vocación ineludible de este Consorcio será ocuparse del Patrimonio cultural
y natural de la ciudad tanto como de las personas que lo ocupan, de quienes lo han ido
conformando a lo largo del tiempo. Se trata de facilitar la mejora de la calidad de vida
en la ciudad, armonizando la conservación con el desarrollo, con las miras puestas en
un futuro que pasa, sin duda, por la innovación tecnológica en clave de sostenibilidad
medioambiental y en equilibrio entre la Historia y el proyecto de ciudad.
CAPÍTULO I.- DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1.- Constitución y duración.
La Junta de Extremadura, la Excma. Diputación Provincial de Cáceres y el
Excmo. Ayuntamiento de Cáceres, constituyen el Consorcio “Cáceres, Ciudad
Histórica”, al amparo de lo establecido en los artículos 7, 10, 9,1,47 Y 9,2 de la Ley
Orgánica 1/2011, de 28 de enero, de reforma del Estatuto de Autonomía de la
Comunidad Autónoma de Extremadura; 25,2 e) 57 y 87 de la Ley 7/1985,
de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; 6 de la Ley 30/1992, de 26
de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, modificada, entre otras, en virtud de la Ley
27/2013, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local que introduce
la Disposición Adicional 20ª artículo 51 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno
y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura; 2,1 y 3 de la Ley
2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura; 110 del
Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto
Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local y demás
normativa de general aplicación.
La participación de las entidades consorciadas se distribuye del siguiente modo:
Ayuntamiento de Cáceres: 40%
Junta de Extremadura: 40%
Diputación Provincial: 20%
El presente Consorcio estará abierto, previo acuerdo por mayoría absoluta de
sus miembros, a la integración, como socios colaboradores, de nuevas entidades
públicas o privadas, que tengan como objeto, entre otros, todos o algunos de los
objetivos o fines del mismo.
CVE:
BOP-2023-3719
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 14 de junio de 2023
N.º 0111
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