Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2023-3620)
BOP-2023-3620 Concurso-Oposición por el turno libre y de discapacidad de 19 plazas de Auxiliar de Administracion General. Convocatoria.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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AREA DE PERSONAL, FORMACION Y SEPEI
También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el/la cónyuge de los/las
españoles/as y de los/as nacionales de otros Estados Miembros de la Unión Europea, siempre
que no estén separados/as de derecho, y sus descendientes y los de su cónyuge siempre que no
estén separados/as de derecho, sean menores de 21 años o mayores de dicha edad
dependientes.
b) Tener cumplidos los 16 años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación
forzosa.
c) Estar en posesión o en condiciones de obtener en la fecha en que termine el plazo de
presentación de solicitudes alguno de los siguientes títulos: Graduado en ESO, Graduado
Escolar o equivalente.
d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
e) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades
autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por
resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones
similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido
separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en
situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en
su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
2.2. Requisitos específicos para participar por el cupo de reserva de discapacidad:
Los aspirantes que concurran por el turno de discapacidad, además de reunir los requisitos
generales exigidos en el apartado 2.1, deberán tener legalmente reconocido un grado de
minusvalía igual o superior al 33 por ciento, de conformidad con el artículo 4.2 del Real Decreto
Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley general
de derechos de las personas con discapacidad y su inclusión social. Esta circunstancia se
acreditará una vez superado el proceso selectivo.
La opción a estas plazas reservadas habrá de formularse en la solicitud de participación en las
convocatorias. Quienes soliciten participar por el cupo reserva de personas con discapacidad, sea
el general o el intelectual, únicamente podrán presentarse por este cupo. La contravención de esta
norma determinará la exclusión del aspirante que no la hubiese observado.
No obstante, en el supuesto de que alguno de los aspirantes con discapacidad que se haya
presentado por el cupo de reserva superase los ejercicios correspondientes, pero no obtuviera
CVE:
BOP-2023-3620
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 8 de junio de 2023
N.º 0107
Pág. 18548
También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el/la cónyuge de los/las
españoles/as y de los/as nacionales de otros Estados Miembros de la Unión Europea, siempre
que no estén separados/as de derecho, y sus descendientes y los de su cónyuge siempre que no
estén separados/as de derecho, sean menores de 21 años o mayores de dicha edad
dependientes.
b) Tener cumplidos los 16 años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación
forzosa.
c) Estar en posesión o en condiciones de obtener en la fecha en que termine el plazo de
presentación de solicitudes alguno de los siguientes títulos: Graduado en ESO, Graduado
Escolar o equivalente.
d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
e) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades
autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por
resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones
similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido
separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en
situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en
su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
2.2. Requisitos específicos para participar por el cupo de reserva de discapacidad:
Los aspirantes que concurran por el turno de discapacidad, además de reunir los requisitos
generales exigidos en el apartado 2.1, deberán tener legalmente reconocido un grado de
minusvalía igual o superior al 33 por ciento, de conformidad con el artículo 4.2 del Real Decreto
Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley general
de derechos de las personas con discapacidad y su inclusión social. Esta circunstancia se
acreditará una vez superado el proceso selectivo.
La opción a estas plazas reservadas habrá de formularse en la solicitud de participación en las
convocatorias. Quienes soliciten participar por el cupo reserva de personas con discapacidad, sea
el general o el intelectual, únicamente podrán presentarse por este cupo. La contravención de esta
norma determinará la exclusión del aspirante que no la hubiese observado.
No obstante, en el supuesto de que alguno de los aspirantes con discapacidad que se haya
presentado por el cupo de reserva superase los ejercicios correspondientes, pero no obtuviera
CVE:
BOP-2023-3620
Verificable
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http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 8 de junio de 2023
N.º 0107
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