Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2023-3619)
BOP-2023-3619 Resolución Ampliación de plazo de Ejecución de Obras Encomendadas Plan Activa 2021-22.
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Dicha publicidad deberá efectuarse desde el inicio de la actuación hasta al menos CINCO
AÑOS a contar desde la finalización del PLAZO DE EJECUCIÓN DE LA SUBVENCIÓN.”
TERCERO.- Actualizar el contenido del apartado 13º de las instrucciones, en relación a los
plazos establecidos en materia de retraso en el plazo de ejecución del gasto y retraso en el
plazo de justificación de la ejecución de la inversión, adicionando dos años a las últimas fechas
previstas, quedando redactados los mencionados párrafos tal y como se indica a continuación,
y permaneciendo inalterable el resto del apartado:
“- Retraso en el plazo de ejecución del gasto:
Reintegros parciales: La terminación y recepción de la obra entre el 1 de noviembre y el 31 de
diciembre de 2024, conllevará la pérdida del 10 % de la aportación provincial, incrementándose
dicha pérdida en otro 10 % más de la aportación provincial por cada mes completo que se
incumpla el plazo de ejecución de la inversión.
Reintegro total: El retraso en el cumplimiento del plazo previsto para la ejecución del gasto
supondrá la pérdida TOTAL del derecho a la aportación provincial cuando la ejecución del
gasto se realice con posterioridad al 30 de septiembre de 2025.
- Retraso en el plazo de justificación de la ejecución de la inversión:
El retraso en el cumplimiento de la obligación de justificar la ejecución y abono de las obras por
parte del/la beneficiario/a del plan, supondrá la pérdida del derecho a la aportación provincial
en los siguientes términos:
Reintegros parciales: El retraso en el cumplimiento del deber de justificar que se produzca
entre el 1 de enero y el 28 de febrero de 2025, conllevará la pérdida del 10 % de la aportación
provincial, incrementándose dicha pérdida en otro 10 % más de la aportación provincial por
cada mes completo que se retrase el cumplimiento del deber de justificar la inversión.
Reintegro total: El retraso en el cumplimiento del plazo previsto para la justificación del gasto
supondrá la pérdida TOTAL del derecho a la aportación provincial cuando la ejecución del
gasto se realice con posterioridad al 30 de noviembre de 2025.
Estas cantidades a reintegrar, podrán ser detraídas por la Diputación de Cáceres de los
importes que, bien la propia Institución, bien el OARGT tenga pendientes de realizar con la
Entidad Local, sin perjuicio de otras autorizaciones de retención que pesen sobre la misma.”
CVE:
BOP-2023-3619
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 8 de junio de 2023
N.º 0107
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