Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Integral Villuercas Ibores Jara. (BOP-2023-3447)
BOP-2023-3447 Bases de la convocatoria para la provisión de dos plazas de Agente de Empleo y Desarrollo Local acogidas al proceso de estabilización de empleo temporal en aplicación de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre.
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Mancomunidad Integral de Municipios
Villuercas-Ibores-Jara
Si del contenido del dictamen se desprende que el/la aspirante carece de
capacidad funcional, el Tribunal, previa audiencia de la persona interesada, emitirá
propuesta motivada de exclusión del proceso selectivo dirigida al órgano
competente. Hasta que se dicte la oportuna Resolución por el órgano competente
el/la aspirante podrá continuar participando condicionadamente en el proceso
selectivo.
El Tribunal calificador actuará con plena autonomía en el ejercicio de su
discrecionalidad técnica y sus miembros son personalmente responsables de la
transparencia y objetividad del procedimiento y del estricto cumplimiento de las
bases de la convocatoria y de los plazos establecidos para el desarrollo del proceso
selectivo. En el ejercicio de sus funciones observarán las prescripciones que se
contengan en los manuales de instrucciones que, en su caso, se dicten por el Área
de Personal con el objeto de homogeneizar los criterios de actuación aplicables en
los distintos procesos selectivos.
Las resoluciones del Tribunal vinculan a la Mancomunidad Integral Villuercas
Ibores Jara, aunque éstas, en su caso, pueda proceder a su revisión conforme a lo
previsto en los artículos 106 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en cuyo caso
habrán de practicarse de nuevo las pruebas o trámites afectados por las
irregularidades.
A efectos de comunicaciones, reclamaciones y demás incidencias, el Tribunal
tendrá su sede en la sede de la Mancomunidad Integral Villuercas Ibores Jara sita
en Logrosán en la calle Iglesia número 32.
SEXTA. SISTEMA SELECTIVO.
De conformidad con lo previsto en el artículo 61 del Real Decreto Legislativo
5/2015 de 30 de octubre y 94 y siguientes de la Ley de la Función Pública de
Extremadura, en conexión con las Disposiciones adicionales sexta y octava de la
Ley 20/2021 de 28 de diciembre, el sistema selectivo para la provisión de la plaza
será el de CONCURSO DE MÉRITOS. Supondrá una puntuación máxima total de 100
puntos dividiéndose en servicios prestados, otros méritos (formación, titulación e
idiomas) con los baremos que figuran a continuación, que se aplicarán a los/as
aspirantes del proceso selectivo.
1. Méritos valorables.
La experiencia profesional, el tiempo de prestación de servicios, y demás
méritos, estarán referidos siempre a la fecha de terminación del plazo de
presentación de solicitudes, tras la publicación del extracto de la convocatoria en el
Boletín Oficial del Estado.
Mancomunidad Integral de Municipios Villuercas-Ibores-Jara 10
c/ Iglesia, 32, Logrosán. 10120 (Cáceres). Tfno. 927 159 812. Fax: 927 360 478
Cód.
Validación:
Q5NC7JLHW3GNRSAX3TCP9647D
Verificación:
https://mancomunidadvilluercasiboresjara.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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BOP-2023-3447
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 31 de mayo de 2023
N.º 0101
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Villuercas-Ibores-Jara
Si del contenido del dictamen se desprende que el/la aspirante carece de
capacidad funcional, el Tribunal, previa audiencia de la persona interesada, emitirá
propuesta motivada de exclusión del proceso selectivo dirigida al órgano
competente. Hasta que se dicte la oportuna Resolución por el órgano competente
el/la aspirante podrá continuar participando condicionadamente en el proceso
selectivo.
El Tribunal calificador actuará con plena autonomía en el ejercicio de su
discrecionalidad técnica y sus miembros son personalmente responsables de la
transparencia y objetividad del procedimiento y del estricto cumplimiento de las
bases de la convocatoria y de los plazos establecidos para el desarrollo del proceso
selectivo. En el ejercicio de sus funciones observarán las prescripciones que se
contengan en los manuales de instrucciones que, en su caso, se dicten por el Área
de Personal con el objeto de homogeneizar los criterios de actuación aplicables en
los distintos procesos selectivos.
Las resoluciones del Tribunal vinculan a la Mancomunidad Integral Villuercas
Ibores Jara, aunque éstas, en su caso, pueda proceder a su revisión conforme a lo
previsto en los artículos 106 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en cuyo caso
habrán de practicarse de nuevo las pruebas o trámites afectados por las
irregularidades.
A efectos de comunicaciones, reclamaciones y demás incidencias, el Tribunal
tendrá su sede en la sede de la Mancomunidad Integral Villuercas Ibores Jara sita
en Logrosán en la calle Iglesia número 32.
SEXTA. SISTEMA SELECTIVO.
De conformidad con lo previsto en el artículo 61 del Real Decreto Legislativo
5/2015 de 30 de octubre y 94 y siguientes de la Ley de la Función Pública de
Extremadura, en conexión con las Disposiciones adicionales sexta y octava de la
Ley 20/2021 de 28 de diciembre, el sistema selectivo para la provisión de la plaza
será el de CONCURSO DE MÉRITOS. Supondrá una puntuación máxima total de 100
puntos dividiéndose en servicios prestados, otros méritos (formación, titulación e
idiomas) con los baremos que figuran a continuación, que se aplicarán a los/as
aspirantes del proceso selectivo.
1. Méritos valorables.
La experiencia profesional, el tiempo de prestación de servicios, y demás
méritos, estarán referidos siempre a la fecha de terminación del plazo de
presentación de solicitudes, tras la publicación del extracto de la convocatoria en el
Boletín Oficial del Estado.
Mancomunidad Integral de Municipios Villuercas-Ibores-Jara 10
c/ Iglesia, 32, Logrosán. 10120 (Cáceres). Tfno. 927 159 812. Fax: 927 360 478
Cód.
Validación:
Q5NC7JLHW3GNRSAX3TCP9647D
Verificación:
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Miércoles, 31 de mayo de 2023
N.º 0101
Pág. 17484