Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Trujillo. (BOP-2023-3412)
BOP-2023-3412 Bases convocatoria para la creación de bolsa de trabajo para Personal Laboral Temporal de Limpieza de edificios e instalaciones municipales.
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A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el
Ayuntamiento de Trujillo, Paseo Ruiz de Mendoza n.º 8, 10200 Trujillo.
Décima. — Publicación de resultados, constitución y funcionamiento de la bolsa.
La propuesta de constitución de la bolsa de trabajo, una vez concluido el periodo de
alegaciones y resueltas éstas en su caso, efectuada por el Tribunal se elevará al Alcalde del
Ayuntamiento de Trujillo, que deberá aprobar la misma y publicar dicha aprobación en el tablón
de edictos del Ayuntamiento y en la sede electrónica municipal [http://trujillo.sedelectronica.es].
Contra dicha resolución podrá interponerse con carácter potestativo recurso de reposición ante
la Alcaldía-Presidencia en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso-
administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Cáceres en el plazo de
dos meses.
La constitución de la bolsa de trabajo no crea derecho alguno a favor de sus integrantes, salvo
la de su llamamiento para nombramiento como personal laboral que en su caso proceda por el
orden establecido, y siempre que se den alguna de las circunstancias para las que se ha
constituido esta bolsa.
Se efectuarán llamamientos siguiendo el orden de las puntuaciones alcanzadas por los/as
aspirantes que configuren la bolsa de trabajo, y, de conformidad a lo previsto en el art. 29,
Listas de espera, del Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, por el que se aprueba el
Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura.
Los participantes que se integren en la bolsa de trabajo podrán ser llamados para ocupar las
vacantes o sustituciones correspondientes en régimen de contratación laboral temporal, según
el orden de puntuación obtenido.
En el supuesto de que la contratación laboral temporal sea por tiempo igual o inferior a tres
meses el aspirante se reincorporará a la bolsa de trabajo en el lugar que le corresponda. Si
dicho nombramiento o contratación es superior a tres meses volverá a formar parte de la bolsa
de trabajo, si bien al final de la misma.
Los aspirantes que sean llamados y propuestos para su contratación deberán aportar, en el
plazo indicado (24 horas), la siguiente documentación:
CVE:
BOP-2023-3412
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 30 de mayo de 2023
N.º 0100
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