Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Madroñera. (BOP-2023-3398)
BOP-2023-3398 Bases estabilización Maestros/as de obras.
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EXCMO. AYUNTAMIENTO DE MADROÑERA (CÁCERES)
Plaza de Ramón y Cajal Nº 1, C.P. 10210 – Madroñera (Cáceres)
Tlfn.: 927 31 91 92 / Fax.: 927 31 91 16
Presidente del Ayuntamiento dentro del plazo de veinte días hábiles contados a partir del día
siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
Se presentarán mediante estancia general que figura en la sede electrónica del Ayuntamiento
https://madronera.sedelectronica.es/, a la que se adjuntará la solicitud según el anexo I de
estas bases, relacionándose los méritos a valorar, y copia del DNI y los documentos
acreditativos de los méritos, de experiencia y formación, si compulsar:
La experiencia alegada que corresponda a contratos celebrados con el Ayuntamiento de
Madroñera será comprobada de oficio por el mismo.
Los méritos a valorar, que no se presenten no serán valorados por el Tribunal de Selección.
Las solicitudes, según modelo del anexo I, podrán presentarse también por cualquiera de los
medios establecidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Los datos personales incluidos en la solicitud de participación serán tratados únicamente para la
gestión del proceso selectivo. Cuando sea necesario publicar un acto administrativo que
contengan datos personales, se publicará de la forma que determina la disposición adicional
séptima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y
Garantía de los Derechos Digitales. El Ayuntamiento será el responsable del tratamiento de
estos datos.
Quinta.- Admisión de aspirantes.
Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará resolución declarando
aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos.
En dicha resolución, que se publicará en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madroñera,
pagina web y el tablón de anuncios de este Ayuntamiento, se señalará un plazo de cinco días
hábiles de subsanación.
Transcurrido el plazo de subsanación, por la Alcaldía se aprobará la lista definitiva de aspirantes
admitidos y excluidos, que se publicará en la sede electrónica y el tablón de anuncios de este
Ayuntamiento.
En la misma publicación se hará consta la designación nominal del Tribunal.
Sexta.- Tribunal Calificador.
5.1. El tribunal calificador será único y común para todo el proceso de estabilización de este
Ayuntamiento y será el encargado de la selección que tendrá la categoría establecida en el art.
30 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, y estará constituido en la forma que se
determina en los artículos 4 del Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, 60 del Real Decreto
legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del
Estatuto Básico del Empleado Público y 97 de la Ley 13/2005, de 8 de abril, de la Función
Cód.
Validación:
6EYNWRYD6QYDCNWWHESN5DADP
Verificación:
https://madronera.sedelectronica.es/
Documento
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electrónicamente
desde
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esPublico
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Martes, 30 de mayo de 2023
N.º 0100
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