Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cañamero. (BOP-2023-3318)
BOP-2023-3318 Expediente de concesión de uso privativo del bien inmueble demanial, oficina/despacho sito casa de la cultura municipal, para Agentes de medio Natural de la Junta de Extremadura.
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AYUNTAMIENTO DE CAÑAMERO (Cáceres)
Cód. Postal – 10136 / Pza. de España, nº. 1 / C.I.F. P1004500C / Telfs. 927 36 90 02/37/59 – 676458075 - Fax 927 36 92 44 .
e-mail: general@canamero.es web: www.canamero.es
SEGUNDA. - CANON DE LICITACIÓN
La concesión será GRATUITA al no llevar aparejada utilidad económica para la Administración
concesionaria.
TERCERA. - PLAZO DE CONCESIÓN Y REVERSIÓN
La duración de la concesión será de 10 años.
Al término del plazo de la concesión, revertirán automáticamente y sin cargas al Ayuntamiento las
instalaciones entregadas que deberán encontrarse en buen estado de conservación, a cuyo efecto, y
como mínimo tres meses antes de finalizar el plazo de concesión el Ayuntamiento designará los
técnicos para inspeccionar el estado en que se encuentran las instalaciones, ordenando, a la vista de
los resultados de la inspección técnica, la ejecución de la obras y trabajos de reparación y reposición
que se estimasen necesarias para mantener aquéllas en las condiciones previstas. Las obras y
trabajos de reparación o reposición que deban efectuarse serán de cuenta del concesionario.
Asimismo, revertirán automáticamente en el estado normal de uso, el material inventariado
entregado a la firma del contrato.
CUARTA. - PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN
El otorgamiento de la presente concesión se realizará mediante OTORGAMIENTO DIRECTO en
favor de la Junta de Extremadura (solicitante y concesionaria) al concurrir la causa excepcional
prevista en el art. 137.4 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las
Administraciones Públicas: Se podrá acordar la adjudicación directa en los siguientes supuestos:
— Cuando el adquirente sea otra Administración Pública o, en general, cualquier persona
jurídica de derecho público o privado perteneciente al sector público.
— Cuando el inmueble resulte necesario para dar cumplimiento a una función de servicio
público o a la realización de un fin de interés general por persona distinta de las previstas en los
dos párrafos anteriores.
A tales efectos, la entidad interesada deberá presentar un escrito de aceptación de las condiciones
establecidas en el proyecto para la concesión de dominio público en un plazo de 15 días, una vez
resulte aprobado definitivamente el Proyecto y pliego de condiciones que rigen la concesión. A
continuación, se procederá a su adjudicación.
QUINTA. - ADJUDICACIÓN
El órgano competente adjudicará la concesión a la entidad interesada, notificándole dicha resolución
con indicación de que en el plazo de los quince días siguientes a la notificación, deberá constituir la
Cód.
Validación:
6YGFK4KHXM4FHAA7YZRRW9YZ6
Verificación:
https://canamero.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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BOP-2023-3318
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 25 de mayo de 2023
N.º 0098
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