Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2023-3300)
BOP-2023-3300 Bases de la convocatoria para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, ejercicio de 2023, correspondientes al Instituto Municipal de Juventud del Excmo. Ayuntamiento de Cáceres, para proyectos en materia juvenil desarrollados por entidades juveniles.
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BASE VIGÉSIMO PRIMERA.- RECURSOS.-
Contra estas Bases se podrá interponer, en el plazo de dos meses a partir de la
publicación efectuada a través de la Base Nacional de Datos en el Boletín de la Provincia,
recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de
Cáceres, y potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes ante el órgano
que aprueba las mismas.
BASE VIGÉSIMO SEGUNDA.- PROTECCIÓN DE DATOS DE LOS SOLICITANTES
Los datos de carácter personal aportados por las personas solicitantes quedarán
incorporados por parte del OA Instituto Municipal de Juventud, a la Base de Datos
“Convocatoria para la concesión de subvenciones, correspondiente al Instituto
Municipal de Juventud, para proyectos en materia juvenil desarrollados por
entidades juveniles”. Los datos de carácter personal de quienes sean titulares de
expedientes o de terceros interesados incorporados a dicha base de datos se hallan
protegidos de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
Conforme a la citada ley orgánica, cualquier persona interesada puede ejercitar los
derechos de acceso, rectificación, oposición y cancelación de datos que consideren
oportunos, sobre los datos suministrados, en los términos expresados en la “Ordenanza
municipal reguladora de los ficheros que contienen datos de carácter personal del
Ayuntamiento de Cáceres” (BOP Cáceres nº 121 de 25 de junio de 2014).
BASE VIGÉSIMO TERCERA.- BASE DE DATOS NACIONAL DE SUBVENCIONES
Se remitirá a la Base de Datos Nacional de Subvenciones las subvenciones concedidas
con indicación, según cada caso, de la convocatoria, el programa y crédito presupuestario
al que se impute, beneficiario, cantidad concedida y objetivo o finalidad de la subvención,
con expresión de los distintos programas o proyectos subvencionados.
DISPOSICIÓN ADICIONAL ÚNICA.
Para todos aquellos extremos no previstos en la presente convocatoria se estará a
lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el Real
Decreto 887/2006 de 21 de julio por el que se aprueba el Reglamento General de
Subvenciones, la Ordenanza General de Subvenciones del Excmo. Ayuntamiento de
Cáceres y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo de las
Administraciones Públicas y la Ley 40/2015 de 1 de octubre del Régimen Jurídico del
Sector Público.
CVE:
BOP-2023-3300
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 24 de mayo de 2023
N.º 0097
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