Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villar de Plasencia. (BOP-2023-3232)
BOP-2023-3232 Licitación Actuaciones Festejos San Bartolomé.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Si no pudiese producirse la subrogación por no reunir la entidad a la que se
atribuya el contrato las condiciones de solvencia necesarias, se resolverá el mismo,
considerándose a todos los efectos como un supuesto de resolución por culpa del
contratista.
CLÁUSULA VIGESIMOSEGUNDA. Cesión del Contrato
El contrato podrá ser objeto de cesión con los límites y requisitos del artículo
214 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público:
a) Que el órgano de contratación autorice, de forma previa y expresa, la
cesión.
b) Que el cedente tenga ejecutado al menos un 20 por 100 del importe del
contrato
c) Que el cesionario tenga capacidad para contratar con la Administración y
la solvencia que resulte exigible en función de la fase de ejecución del contrato,
debiendo estar debidamente clasificado si tal requisito ha sido exigido al cedente, y
no estar incurso en una causa de prohibición de contratar.
d) Que la cesión se formalice, entre el adjudicatario y el cesionario, en
escritura pública.
CLÁUSULA VIGESIMOTERCERA.
Penalidades por Incumplimiento
23.1 Penalidades por incumplimiento o cumplimiento defectuoso de
la prestación
Se consideran muy graves los incumplimientos por parte del adjudicatario de
cualquiera de las condiciones especiales de ejecución establecida en la cláusula 17
de este pliego de cláusulas particulares.
Estos incumplimientos serán causa de resolución del contrato, salvo que se
considere que la actuación es aislada y susceptible de reconducción, y que la
resolución del contrato no resulta conveniente para el interés del servicio en
cuestión, en cuyo caso se sustituirá por la penalización correspondiente.
Estos incumplimientos contractuales muy graves conllevarán la imposición
Ayuntamiento de Villar de Plasencia
Plaza de España, 1, Villar de Plasencia. 10720 (Cáceres). Tfno. 927489014. Fax: 927489293
CIF: P1021800F – adminsitracion@villardeplasencia.es
Cód.
Validación:
9GKWDNWGAHM74Q4QME7F5XDH3
Verificación:
https://villardeplasencia.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
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16
de
21
CVE:
BOP-2023-3232
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 19 de mayo de 2023
N.º 0094
Pág. 16613
atribuya el contrato las condiciones de solvencia necesarias, se resolverá el mismo,
considerándose a todos los efectos como un supuesto de resolución por culpa del
contratista.
CLÁUSULA VIGESIMOSEGUNDA. Cesión del Contrato
El contrato podrá ser objeto de cesión con los límites y requisitos del artículo
214 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público:
a) Que el órgano de contratación autorice, de forma previa y expresa, la
cesión.
b) Que el cedente tenga ejecutado al menos un 20 por 100 del importe del
contrato
c) Que el cesionario tenga capacidad para contratar con la Administración y
la solvencia que resulte exigible en función de la fase de ejecución del contrato,
debiendo estar debidamente clasificado si tal requisito ha sido exigido al cedente, y
no estar incurso en una causa de prohibición de contratar.
d) Que la cesión se formalice, entre el adjudicatario y el cesionario, en
escritura pública.
CLÁUSULA VIGESIMOTERCERA.
Penalidades por Incumplimiento
23.1 Penalidades por incumplimiento o cumplimiento defectuoso de
la prestación
Se consideran muy graves los incumplimientos por parte del adjudicatario de
cualquiera de las condiciones especiales de ejecución establecida en la cláusula 17
de este pliego de cláusulas particulares.
Estos incumplimientos serán causa de resolución del contrato, salvo que se
considere que la actuación es aislada y susceptible de reconducción, y que la
resolución del contrato no resulta conveniente para el interés del servicio en
cuestión, en cuyo caso se sustituirá por la penalización correspondiente.
Estos incumplimientos contractuales muy graves conllevarán la imposición
Ayuntamiento de Villar de Plasencia
Plaza de España, 1, Villar de Plasencia. 10720 (Cáceres). Tfno. 927489014. Fax: 927489293
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