Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villar de Plasencia. (BOP-2023-3231)
BOP-2023-3231 Concesión servicio público Bar Piscina Municipal.
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- No enajenar los bienes afectos al servicio que han de revertir al Ayuntamiento, ni
gravarlo. Comprometiéndose a dejarlos libres y vacuos a disposición del
Ayuntamiento al finalizar la concesión.
- Ejercer por sí la explotación y no cederla o traspasarla a terceros sin la
autorización del Ayuntamiento, que sólo podrá autorizarlo en las circunstancias
que señala la legislación aplicable en materia de contratación administrativa.
- Cumplir las normas higiénico-sanitarias en vigor.
- Cumplir las horas de apertura, que fuera del propio funcionamiento de la piscina,
deberá adecuarse al establecido por la Junta de Extremadura para este tipo de
bares.
- Las averías fortuitas de los distintos aparatos serán por cuenta del adjudicatario.
- Permitir la entrada a cualquier usuario, previo pago de la correspondiente
entrada. En relación con los menores, se estará a lo dispuesto anteriormente.
- El arrendatario estará obligado a utilizar el inmueble para destinarlo a bar.
- Deberá presentar y tramitar cuanta documentación sea necesaria para adecuarse
a las exigencias normativas a que hubiera lugar para su puesta en
funcionamiento.
- Admitir al uso del servicio a toda persona que cumpla los requisitos
reglamentarios.
- Responder a terceros en los daños que puedan producirse por el funcionamiento
del servicio concedido.
- El adjudicatario viene obligado bajo su responsabilidad a cumplir lo dispuesto por
la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social
de personas con discapacidad y de prevención de riesgos laborales y demás
leyes especiales. El contrato objeto de esta licitación se entiende realizado a
riesgo y ventura para el adjudicatario.
El Ayuntamiento no tendrá relación laboral ni de ningún tipo con los trabajadores
que el adjudicatario contrate, circunstancia que deberá quedar reflejada en el
contrato a suscribir entre el adjudicatario y el trabajador.
- El adjudicatario deberá estar en posesión del carné de manipulador de alimentos.
19.6 Derechos y Obligaciones del Ayuntamiento.
El Ayuntamiento tendrá las siguientes facultades:
- Dejar sin efecto la concesión antes del vencimiento si lo justificasen circunstancias
sobrevenidas de interés público.
- Interpretación del contrato.
- Resolución de las dudas que ofrezca su cumplimiento.
- Modificación del contrato por razones de interés púbico.
- Acordar la resolución del contrato y determinar los efectos de éste.
- Inspeccionar, en cualquier momento, los bienes objeto de la concesión.
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Ayuntamiento de Villar de Plasencia
Plaza de España, 1, Villar de Plasencia. 10720 (Cáceres). Tfno. 927489014. Fax: 927489293
Cód.
Validación:
5EEN7YWQ37C2NYFWQFDD325Y9
Verificación:
https://villardeplasencia.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
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Verificable
en:
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Viernes, 19 de mayo de 2023
N.º 0094
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