Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villar de Plasencia. (BOP-2023-3231)
BOP-2023-3231 Concesión servicio público Bar Piscina Municipal.
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servir al uso convenido, salvo cuando el deterioro de cuya reparación se trate sea
imputable al arrendatario a tenor de lo dispuesto en los artículos 1563 y 1564 del
Código Civil.
- Respetar el objeto de la concesión y los límites establecidos en las mismas, así
como abonar los importes del canon y garantías correspondientes.
- Solicitar las licencias oportunas y darse de alta en las tasas e impuestos
municipales para el cumplimiento de las ordenanzas en vigor.
- El Ayuntamiento no se hará responsable de la falta de pago del concesionario a
sus proveedores, ni de los deterioros o robos que se puedan cometer en el local
concesionado.
- El concesionario deberá abandonar y dejar libre a disposición del ayuntamiento,
al finalizar el periodo contractual, los bienes objeto de este procedimiento.
- Facilitar la realización del destino al que se someta el inmueble dentro del
respeto al entorno humano y natural.
- Prestar el servicio conforme a las prescripciones de este pliego. Se observarán,
en todo momento, las normas sobre orden público dentro del local, horario de
apertura y cierre, despacho de bebidas alcohólicas a menores, siendo
responsable de cualquier infracción.
- El bar tendrá que permanecer abierto desde la hora en que se abran las piscinas
hasta el cierre de estas, pudiendo continuar abierto después durante el horario
legal de la Junta de Extremadura para este tipo de bares.
- Una vez cerradas las piscinas, aunque el bar continúe abierto, estará
terminantemente prohibido que los usuarios que permanezcan en el bar salgan a
la zona de césped, pudiendo permanecer en la terraza. El incumplimiento de esta
norma será responsabilidad del concesionario.
- El servicio se presentará por el concesionario durante los meses de julio y agosto,
siendo de su cargo los siguientes gastos:
o Retribución del personal afecto al servicio.
o Cuotas a la Seguridad Social por dicho personal.
o Pagos a la Hacienda Pública por los distintos conceptos a que esté
sometido el servicio y su personal, I.R.P.F., I.V.A. o cualquier otro.
o Pago de los suministros que se vendan en el Bar.
o Abonar al Ayuntamiento el remanente en su parte proporcional en los
cinco primero días del mes.
o Abonar el importe de la luz consumida en el bar.
- Cuidar del buen orden del servicio, limpieza y mantenimiento del local y sus
aseos y terraza del bar.
- Indemnizar al Ayuntamiento, si este tuviera que ejecutar directamente el servicio
por causa imputable al adjudicatario, en los perjuicios que le ocasione.
- Indemnizar a terceros de los daños que les ocasione el funcionamiento del
servicio, salvo si se hubiesen producido por causas imputables al Ayuntamiento.
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Ayuntamiento de Villar de Plasencia
Plaza de España, 1, Villar de Plasencia. 10720 (Cáceres). Tfno. 927489014. Fax: 927489293
Cód.
Validación:
5EEN7YWQ37C2NYFWQFDD325Y9
Verificación:
https://villardeplasencia.sedelectronica.es/
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imputable al arrendatario a tenor de lo dispuesto en los artículos 1563 y 1564 del
Código Civil.
- Respetar el objeto de la concesión y los límites establecidos en las mismas, así
como abonar los importes del canon y garantías correspondientes.
- Solicitar las licencias oportunas y darse de alta en las tasas e impuestos
municipales para el cumplimiento de las ordenanzas en vigor.
- El Ayuntamiento no se hará responsable de la falta de pago del concesionario a
sus proveedores, ni de los deterioros o robos que se puedan cometer en el local
concesionado.
- El concesionario deberá abandonar y dejar libre a disposición del ayuntamiento,
al finalizar el periodo contractual, los bienes objeto de este procedimiento.
- Facilitar la realización del destino al que se someta el inmueble dentro del
respeto al entorno humano y natural.
- Prestar el servicio conforme a las prescripciones de este pliego. Se observarán,
en todo momento, las normas sobre orden público dentro del local, horario de
apertura y cierre, despacho de bebidas alcohólicas a menores, siendo
responsable de cualquier infracción.
- El bar tendrá que permanecer abierto desde la hora en que se abran las piscinas
hasta el cierre de estas, pudiendo continuar abierto después durante el horario
legal de la Junta de Extremadura para este tipo de bares.
- Una vez cerradas las piscinas, aunque el bar continúe abierto, estará
terminantemente prohibido que los usuarios que permanezcan en el bar salgan a
la zona de césped, pudiendo permanecer en la terraza. El incumplimiento de esta
norma será responsabilidad del concesionario.
- El servicio se presentará por el concesionario durante los meses de julio y agosto,
siendo de su cargo los siguientes gastos:
o Retribución del personal afecto al servicio.
o Cuotas a la Seguridad Social por dicho personal.
o Pagos a la Hacienda Pública por los distintos conceptos a que esté
sometido el servicio y su personal, I.R.P.F., I.V.A. o cualquier otro.
o Pago de los suministros que se vendan en el Bar.
o Abonar al Ayuntamiento el remanente en su parte proporcional en los
cinco primero días del mes.
o Abonar el importe de la luz consumida en el bar.
- Cuidar del buen orden del servicio, limpieza y mantenimiento del local y sus
aseos y terraza del bar.
- Indemnizar al Ayuntamiento, si este tuviera que ejecutar directamente el servicio
por causa imputable al adjudicatario, en los perjuicios que le ocasione.
- Indemnizar a terceros de los daños que les ocasione el funcionamiento del
servicio, salvo si se hubiesen producido por causas imputables al Ayuntamiento.
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Ayuntamiento de Villar de Plasencia
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