Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Pasarón de la Vera. (BOP-2023-3225)
BOP-2023-3225 Reglamento de Funcionamiento Interno Escuela Profesional Dual de Empleo de Extremadura.
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Art. 3. Derechos:
Los/as trabajadores/as y los alumnos/as trabajadores/as de los programas de Escuelas
Profesionales duales de Extremadura tienen derecho.
A la adquisición de una formación teórica y práctica necesaria para el desempeño
adecuado de un oficio o de un puesto de trabajo que requiera un determinado nivel de
cualificación.
A la libertad de conciencia e intimidad personal, que incluye, entre otras cosas, la
libertad de opinión religiosa.
El respeto a su condición cívica y social.
El respeto a la dignidad de la persona.
Que se cumplan los tiempos establecidos para la formación y trabajo real en cada una
de las fases o etapas.
Recibir una formación acorde con los objetivos de los programas de Escuelas
Profesionales dual de Extremadura que asegure tanto el desarrollo personal como el
laboral y acorde con las necesidades y posibilidades personales de cada alumno o
alumna.
Recibir de forma periódica información y orientación sobre su rendimiento.
A una evaluación objetiva mediante criterios objetivos y públicos.
Participar en los programas de Escuelas Profesionales Duales de Extremadura
“Construyendo Futuro” a través de los representantes elegidos.
Recibir información acerca de los diferentes trabajos y proyectos que ese desarrollan
en los programas de Escuelas Profesionales Duales de Extremadura.
Realizar cuantas actividades culturales complementarias ayuden a fomentar su
formación integral.
Utilizar las instalaciones, mobiliario y material de los programas de Escuelas
Profesionales Duales de Extremadura para los fines que les son propios.
Disponer del vestuario y utensilios adecuados para el desempeño de sus tareas
conforme a las normas de seguridad y salud en el trabajo.
A la garantía de sus derechos laborales de acuerdo con la legislación vigente.
Art. 4. Deberes.
Los alumnos/as trabajadores/as tienen la obligación de asistir y seguir con aprovechamiento las
enseñanzas teórico-prácticas que se impartan, de acuerdo con las normas de funcionamiento
notificadas por la Dirección en función del proyecto aprobado por este Ayuntamiento y su
normativa de aplicación- (duración del contrato, vacaciones remuneradas, jornada laboral,
horario semanal, descansos, etc.).
CVE:
BOP-2023-3225
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 19 de mayo de 2023
N.º 0094
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