Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Pasarón de la Vera. (BOP-2023-3225)
BOP-2023-3225 Reglamento de Funcionamiento Interno Escuela Profesional Dual de Empleo de Extremadura.
24 páginas totales
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correspondiente.
j) Las maquinas deberán estar encendidas únicamente durante su uso, y bajo la vigilancia del
personal docente o del técnico responsable de la entidad promotora, quedando estrictamente
prohibido dejar encendidas las máquinas cuando el usuario no se encuentre en su puesto de
trabajo. Es responsabilidad de los docentes, comprobar que las máquinas que no estén es uso
se encuentren apagados.
k) No está permitido el préstamo de herramientas, máquinas o equipos a los alumnos/as
trabajadores/as de los proyectos, para su uso privado.
l) En caso de accidente o percance de cualquier tipo, se deberá acudir inmediatamente a un
centro médico (mutua de accidentes), dando aviso al personal docente y directivo del proyecto
y al responsable de la entidad promotora.
m) Cualquier accidente o percance derivado de la inobservancia de las medidas básicas de
seguridad de la Escuela Profesional, será responsabilidad exclusiva del usuario/a.
n) Si ocurre un accidente en el trabajo, hay que avisar inmediatamente al monitor/a, al objeto
de confirmar la existencia de un accidente laboral. Él /ella determinará los tramites a realizar
para recibir la atención médica adecuada. Después de avisar a la dirección del programa,
puesto que en cada accidente hay que rellenar un impreso de investigación del mismo.
Además, si no se puede determinar la existencia de dicho accidente, el alumno/a trabajador/a
se podrá quedar sin asistencia médica o tendrá que abonar él mismo los gastos.
o) Si se sufre un accidente fuera del horario de trabajo, debe acudirse a la Seguridad Social o
al facultativo que corresponda, como cualquier persona que no pertenezca al proyecto.
CAPÍTULO V RÉGIMEN DICIPLINARIO: FALTAS Y SANCIONES”.
El Ayuntamiento de Pasaron de la Vera establece una relación no exhaustiva, que abajo se
detalla de una serie de faltas y sanciones, sin perjuicio del resto que se determinen en la
normativa aplicable.
El equipo técnico de proyecto solamente podrá proponer una sanción en base a unas faltas
cometidas y será el Alcalde o Concejal/a Delegado/a del Ayuntamiento de Pasarón de la Vera
quien tiene la potestad para sancionar, siguiendo el procedimiento legal preceptivo.
Las Administraciones Públicas corregirán disciplinariamente las infracciones del personal
CVE:
BOP-2023-3225
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 19 de mayo de 2023
N.º 0094
Pág. 16505
j) Las maquinas deberán estar encendidas únicamente durante su uso, y bajo la vigilancia del
personal docente o del técnico responsable de la entidad promotora, quedando estrictamente
prohibido dejar encendidas las máquinas cuando el usuario no se encuentre en su puesto de
trabajo. Es responsabilidad de los docentes, comprobar que las máquinas que no estén es uso
se encuentren apagados.
k) No está permitido el préstamo de herramientas, máquinas o equipos a los alumnos/as
trabajadores/as de los proyectos, para su uso privado.
l) En caso de accidente o percance de cualquier tipo, se deberá acudir inmediatamente a un
centro médico (mutua de accidentes), dando aviso al personal docente y directivo del proyecto
y al responsable de la entidad promotora.
m) Cualquier accidente o percance derivado de la inobservancia de las medidas básicas de
seguridad de la Escuela Profesional, será responsabilidad exclusiva del usuario/a.
n) Si ocurre un accidente en el trabajo, hay que avisar inmediatamente al monitor/a, al objeto
de confirmar la existencia de un accidente laboral. Él /ella determinará los tramites a realizar
para recibir la atención médica adecuada. Después de avisar a la dirección del programa,
puesto que en cada accidente hay que rellenar un impreso de investigación del mismo.
Además, si no se puede determinar la existencia de dicho accidente, el alumno/a trabajador/a
se podrá quedar sin asistencia médica o tendrá que abonar él mismo los gastos.
o) Si se sufre un accidente fuera del horario de trabajo, debe acudirse a la Seguridad Social o
al facultativo que corresponda, como cualquier persona que no pertenezca al proyecto.
CAPÍTULO V RÉGIMEN DICIPLINARIO: FALTAS Y SANCIONES”.
El Ayuntamiento de Pasaron de la Vera establece una relación no exhaustiva, que abajo se
detalla de una serie de faltas y sanciones, sin perjuicio del resto que se determinen en la
normativa aplicable.
El equipo técnico de proyecto solamente podrá proponer una sanción en base a unas faltas
cometidas y será el Alcalde o Concejal/a Delegado/a del Ayuntamiento de Pasarón de la Vera
quien tiene la potestad para sancionar, siguiendo el procedimiento legal preceptivo.
Las Administraciones Públicas corregirán disciplinariamente las infracciones del personal
CVE:
BOP-2023-3225
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 19 de mayo de 2023
N.º 0094
Pág. 16505