Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Losar de la Vera. (BOP-2023-3222)
BOP-2023-3222 Aprobación definitiva Reglamento régimen interno Centro Residencial María Ángeles Bujanda.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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EXMO. AYUNTAMIENTO DE
LOSAR DE LA VERA
(CÁCERES)
DIR3: L01101105
Rfa.: MCR
Plaza de la Viñuela, 29. 10460 LOSAR DE LA VERA (Cáceres)
Teléfono: 927 570 284 - Fax: 927 570 339- E-mail: aytolosar@losardelavera.es
m- Cuando salga de la habitación, deje bien cerrados los grifos y apagadas todas las
luces.
n- Utilice correctamente el mobiliario y enseres de su habitación
o- No arroje desperdicios u objetos por el W.C. ya que se producirán obstrucciones,
utilice las papeleras.
p- Durante la noche, evite todo aquello que pueda interrumpir el descanso del
compañero o vecinos.
ARTÍCULO 7º.- Lavandería
El centro cuenta con un servicio de lavandería propio, para la ropa de uso
personal de los residentes, usuarios de centro de día y para todos los mayores de 65
años o menores de esta edad, pero con certificado de minusvalía, que quieran hacer uso
de este servicio. La ropa deberá estar marcada con el fin de que no se produzca
confusión.
El centro no se hace cargo del deterioro que pueda sufrir la ropa por desgaste o
por alteración del tejido.
ARTÍCULO 8º.- Servicio médico
a- Siempre que el estado físico de un residente así lo exija, recibirá visita del médico
de cabecera, en la enfermería o en su habitación.
b- Los residentes, deberán acudir a la consulta por si mismos siempre que puedan
hacerlo.
c- Los familiares se harán cargo del residente si es hospitalizado.
d- Cuando el residente necesite trasladarse a algún centro especializado, deberá
hacerlo por su cuenta o contando con la ayuda de sus familiares, en caso de no
tenerla y ser urgente, un trabajador del centro podrá acompañarlos.
ARTICULO 9º.- Visitas
Los familiares y amigos del usuario, podrán visitarlo durante el horario
establecido en el tablón de anuncios de la residencia.
Cód.
Validación:
9GAJS5KGH4NR79DMHPPLJ2W4D
Verificación:
https://losardelavera.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
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CVE:
BOP-2023-3222
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 19 de mayo de 2023
N.º 0094
Pág. 16484
LOSAR DE LA VERA
(CÁCERES)
DIR3: L01101105
Rfa.: MCR
Plaza de la Viñuela, 29. 10460 LOSAR DE LA VERA (Cáceres)
Teléfono: 927 570 284 - Fax: 927 570 339- E-mail: aytolosar@losardelavera.es
m- Cuando salga de la habitación, deje bien cerrados los grifos y apagadas todas las
luces.
n- Utilice correctamente el mobiliario y enseres de su habitación
o- No arroje desperdicios u objetos por el W.C. ya que se producirán obstrucciones,
utilice las papeleras.
p- Durante la noche, evite todo aquello que pueda interrumpir el descanso del
compañero o vecinos.
ARTÍCULO 7º.- Lavandería
El centro cuenta con un servicio de lavandería propio, para la ropa de uso
personal de los residentes, usuarios de centro de día y para todos los mayores de 65
años o menores de esta edad, pero con certificado de minusvalía, que quieran hacer uso
de este servicio. La ropa deberá estar marcada con el fin de que no se produzca
confusión.
El centro no se hace cargo del deterioro que pueda sufrir la ropa por desgaste o
por alteración del tejido.
ARTÍCULO 8º.- Servicio médico
a- Siempre que el estado físico de un residente así lo exija, recibirá visita del médico
de cabecera, en la enfermería o en su habitación.
b- Los residentes, deberán acudir a la consulta por si mismos siempre que puedan
hacerlo.
c- Los familiares se harán cargo del residente si es hospitalizado.
d- Cuando el residente necesite trasladarse a algún centro especializado, deberá
hacerlo por su cuenta o contando con la ayuda de sus familiares, en caso de no
tenerla y ser urgente, un trabajador del centro podrá acompañarlos.
ARTICULO 9º.- Visitas
Los familiares y amigos del usuario, podrán visitarlo durante el horario
establecido en el tablón de anuncios de la residencia.
Cód.
Validación:
9GAJS5KGH4NR79DMHPPLJ2W4D
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electrónicamente
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Viernes, 19 de mayo de 2023
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