Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2023-3156)
BOP-2023-3156 Convocatoria subvenciones Adquisición de Fondos Bibliográficos 2023.
17 páginas totales
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BASE SEXTA. IMPORTE Y FINANCIACIÓN.
El importe total del gasto es de 150.000,00 Euros que se financiará con cargo a las
aplicaciones presupuestarias 5.3340.76200 (dotada con 148.800.00 €) y 5.3340.76800 (dotada
con 1.200,00 €) de los Presupuestos de la Diputación Provincial de Cáceres del año 2023.
BASE SÉPTIMA. CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN Y CRITERIOS PARA SU ADJUDICACIÓN.
1.a) La cuantía de la subvención a conceder por la Diputación de Cáceres a cada entidad
solicitante estará en función de los criterios de valoración establecidos en el apartado 2 de la
presente base, acordados entre la Diputación de Cáceres y la Junta de Extremadura.
1.b) No obstante, todas las entidades locales que cumplan los requisitos establecidos en la
base quinta de la presente convocatoria, recibirán una cuantía de 200 euros por cada biblioteca
y/o agencia de lectura, que será aumentada atendiendo a los criterios de valoración que se
indican en el punto siguiente. La cuantía concedida se entregará a los beneficiarios una vez se
dicte resolución presidencial de la concesión con carácter definitivo.
2.- Los criterios para su adjudicación serán los siguientes:
a) Gastos realizados en la biblioteca o agencia de lectura por las entidades locales en el año
anterior. Se destinará un 20% de la partida presupuestaria, una vez detraído el importe fijo
reflejado en el punto 1.b) de esta misma base, y será repartido de forma proporcional en
función de los gastos realizados por la entidad local en el ejercicio anterior.
b) Número de habitantes de cada población con biblioteca y/o agencia de lectura según datos
del Instituto Nacional de Estadística. Se destinará un 40% de la partida presupuestaria, una vez
detraído el importe fijo reflejado en el punto 1.b) de esta misma base, y será repartido de forma
proporcional en función del número de habitantes de cada población y/o pedanías con agencia
de lectura.
c) Antigüedad de la biblioteca. Se destinará un 10% de la partida presupuestaria, una vez
detraído el importe fijo reflejado en el punto 1.b) de esta misma base, y será repartido en
atención al número de puntos que obtenga cada población o agencia de lectura, otorgando un
valor al punto que se obtendrá dividiendo el total por este concepto entre la suma de puntos
obtenidos por todos los beneficiarios. Los puntos se otorgarán en atención al siguiente
esquema:
- Entre uno y cinco años de antigüedad: 10 puntos.
CVE:
BOP-2023-3156
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 17 de mayo de 2023
N.º 0092
Pág. 16130
El importe total del gasto es de 150.000,00 Euros que se financiará con cargo a las
aplicaciones presupuestarias 5.3340.76200 (dotada con 148.800.00 €) y 5.3340.76800 (dotada
con 1.200,00 €) de los Presupuestos de la Diputación Provincial de Cáceres del año 2023.
BASE SÉPTIMA. CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN Y CRITERIOS PARA SU ADJUDICACIÓN.
1.a) La cuantía de la subvención a conceder por la Diputación de Cáceres a cada entidad
solicitante estará en función de los criterios de valoración establecidos en el apartado 2 de la
presente base, acordados entre la Diputación de Cáceres y la Junta de Extremadura.
1.b) No obstante, todas las entidades locales que cumplan los requisitos establecidos en la
base quinta de la presente convocatoria, recibirán una cuantía de 200 euros por cada biblioteca
y/o agencia de lectura, que será aumentada atendiendo a los criterios de valoración que se
indican en el punto siguiente. La cuantía concedida se entregará a los beneficiarios una vez se
dicte resolución presidencial de la concesión con carácter definitivo.
2.- Los criterios para su adjudicación serán los siguientes:
a) Gastos realizados en la biblioteca o agencia de lectura por las entidades locales en el año
anterior. Se destinará un 20% de la partida presupuestaria, una vez detraído el importe fijo
reflejado en el punto 1.b) de esta misma base, y será repartido de forma proporcional en
función de los gastos realizados por la entidad local en el ejercicio anterior.
b) Número de habitantes de cada población con biblioteca y/o agencia de lectura según datos
del Instituto Nacional de Estadística. Se destinará un 40% de la partida presupuestaria, una vez
detraído el importe fijo reflejado en el punto 1.b) de esta misma base, y será repartido de forma
proporcional en función del número de habitantes de cada población y/o pedanías con agencia
de lectura.
c) Antigüedad de la biblioteca. Se destinará un 10% de la partida presupuestaria, una vez
detraído el importe fijo reflejado en el punto 1.b) de esta misma base, y será repartido en
atención al número de puntos que obtenga cada población o agencia de lectura, otorgando un
valor al punto que se obtendrá dividiendo el total por este concepto entre la suma de puntos
obtenidos por todos los beneficiarios. Los puntos se otorgarán en atención al siguiente
esquema:
- Entre uno y cinco años de antigüedad: 10 puntos.
CVE:
BOP-2023-3156
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 17 de mayo de 2023
N.º 0092
Pág. 16130